Órganos Territoriales del Ministerio de Administraciones Públicas en la Comunidad Autónoma Valenciana

Unidad: DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA VALENCIANA
Titular: Juan Gabriel Cotino Ferrer
BOE: 07.09.2002
Dirección: Plaza del Temple, 1
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 13 00
Fax: 96 392 00 66

Funciones: Para el ejercicio de las funciones asignadas respecto de todos los servicios de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas tienen las siguientes competencias: - Dirigir la Delegación del Gobierno, nombrar a los Subdelegados del Gobierno en las provincias y dirigir y coordinar como superior jerárquico la actividad de aquellos; impulsar y supervisar, con carácter general, la actividad de los restantes órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos en el territorio de la Comunidad Autónoma; e informar las propuestas de nombramiento de los titulares de órganos territoriales de la Administración General del Estado y los Organismos públicos de ámbito autonómico y provincial, no integrados en la Delegación del Gobierno. - Formular a los Ministerios competentes, en cada caso, las propuestas que estime convenientes sobre los objetivos contenidos en los planes y programas que hayan de ejecutar los servicios territoriales y los de sus Organismos públicos, e informar, regular y periódicamente, a los Ministerios competentes sobre la gestión de sus servicios territoriales. - Proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, a través de los Subdelegados del Gobierno y de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, cuya jefatura corresponderá al Delegado del Gobierno, quien ejercerá las competencias del Estado en esta materia bajo la dependencia funcional del Ministerio del Interior. - Elevar, con carácter anual, un informe al Gobierno, a través del Ministro de las Administraciones Públicas, sobre el funcionamiento de los servicios públicos estatales y su evaluación global. - Suspender la ejecución de los actos impugnados dictados por los órganos de la Delegación del Gobierno, cuando le corresponda resolver el recurso, de acuerdo con el artículo 111.2 de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y proponer la suspensión en los restantes casos, así como respecto de los actos impugnados dictados por los servicios no integrados en la Delegación del Gobierno. - Velar por el cumplimiento de la competencias atribuidas, constitucionalmente, al Estado y la correcta aplicación de su normativa, promoviendo o interponiendo, según corresponda, conflictos de jurisdicción, conflictos de atribuciones, recursos y demás acciones legalmente procedentes. - Ejercer las potestades sancionadoras, expropiatorias y cualesquiera otras que les confieran las normas o que les sean desconcentradas o delegadas. - En materia de información a los ciudadanos: coordinarán la información sobre los programas y actividades del Gobierno y la Administración General del Estado en la Comunidad Autónoma; promoverán igualmente, los mecanismos de colaboración con las restantes Administraciones públicas en materia de información al ciudadano. En materia de simplificación de estructuras: propondrán ante los órgano centrales competentes, las medidas precisas para dar cumplimiento efectivo a lo previsto en el artículo 31, en relación con la organización de la Administración Periférica del Estado; además, propondrán a los Ministerios de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda la elaboración de planes de empleo, la adecuación de las relaciones de puestos de trabajo y los criterios de aplicación de las retribuciones variables, en la forma que reglamentariamente se determine; asimismo, serán consultados en la elaboración de planes de empleo de la Administración General del Estado en su ámbito territorial y en la adopción de otras medidas de optimización de los recursos humanos, especialmente las que afecten a más de un Departamento. - Respecto de los servicios integrados en la Delegación del Gobierno, ejercerán las competencias siguientes: - La representación de los respectivos departamentos en el ámbito de la Comunidad Autónoma. - La cooperación, coordinación y comunicación con las Comunidades Autónomas y entidades locales, en relación con las funciones propias de los servicios integrados, sin perjuicio de otros mecanismos de cooperación y colaboración legalmente previstos. - La superior dirección de las áreas funcionales integradas en la Delegación, de acuerdo con los objetivos, directrices e instrucciones de los órganos superiores de los ministerios y, en su caso, de los subsecretarios y secretarios generales.
Regulación Legal: Ley 6/1997, de 14 de abril (BOE del 15), de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado . Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto (BOE 20 agosto), de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno. - Art. 77 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE de 31).
Fecha de actualización de la información: 07.02.2003

Unidad: PARQUE MÓVIL DEL ESTADO
Titular: José Todolí Miñana*
Dirección: C/ Dels Gremis, 6 (Apartado oficial 22090)
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 379 57 20
Fax: 96 370 65 33

Funciones: Los servicios periféricos del Parque Móvil del Estado se encuadran como servicios comunes en las Secretarías Generales de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, cuyos titulares dirigen los servicios integrados del Parque Móvil del Estado, bajo la supervisión de los Delegados y Subdelegados del Gobierno correspondiente. Las unidades integradas del Parque Móvil del Estado prestarán los siguientes servicios: - De representación a los altos cargos de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla, así como a los órganos constitucionales del Estado. - Los de carácter general y ordinario que dispongan las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en su ámbito competencial. Las unidades del Parque Móvil integradas en las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones y Direcciones Insulares de la Administración General del Estado prestarán los siguientes servicios automovilísticos: (- Servicios de representación a los Delegados, Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares. - Servicios de representación a las autoridades y cargos que así lo demanden, siempre que su prestación se inicie en el ámbito territorial correspondiente. - Servicios generales y ordinarios que dispongan las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones y Direcciones Insulares, en su respectivo ámbito competencial, otorgando preferencia a las necesidades de las áreas y servicios integrados).
Regulación Legal: Real Decreto 1163/1999, de 2 de julio, de integración de los servicios periféricos del organismo autónomo Parque Móvil del Estado en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno (BOE del 3). - Orden de 19 de octubre de 2001 por la que se regulan los servicios de automovilismo que prestan el Organismo autónomo Parque Móvil del Estado y las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares de la Administración General del Estado (BOE de 31).
Observaciones: * El Parque Móvil de Castellón, cerró sus instalaciones en 1995, pasando toda la gestión del mismo al parque de Valencia.
Fecha de actualización de la información: 31.10.2001

Unidad: GABINETE
Titular: Ana Michavila Núñez
Dirección: Plaza del Temple, 1
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 13 00
Fax: 96 392 00 66

Funciones: - Apoyo y asistencia inmediata al Delegado.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto (BOE del 29).
Fecha de actualización de la información: 27.05.2002

Unidad: SECRETARIA GENERAL
Titular: Millás Vicente Moret
BOE: 04.06.2003
Dirección: Plaza del Temple, 1
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 13 00
Fax: 96 392 00 66

Funciones: - La dirección de los servicios comunes de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos responsables en las materias de derechos ciudadanos, procesos electorales, autorizaciones administrativas, protección civil, extranjería y asilo, dependientes funcionalmente del Ministerio del Interior. - La dirección de los servicios comunes de la Subdelegación situada en la provincia sede de la Delegación del Gobierno. - La dirección de los demás órganos que se adscriban a la Secretaría General.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto (BOE del 20), de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno.
Fecha de actualización de la información: 04.06.2003

Unidad: VICESECRETARIA GENERAL
Titular: Octavio Rivera Atienza
Dirección: Plaza del Temple, 1
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 13 00
Fax: 96 392 00 66

Fecha de actualización de la información: 07.03.2002

Unidad: SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO
Titular: Pedro Hernández Navarro
BOE: 01.10.2003
Dirección: C/ Joaquín Ballester, 39 (Edificio Admtvo. Servicios Múltiples
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 10 00388 10 23
Fax: 96 388 10 46388 12 94

Funciones: Dirigir, en su caso, los servicios integrados de la Administración General del Estado, de acuerdo con las instrucciones del Delegado del Gobierno. - Impulsar, supervisar e inspeccionar los servicios no integrados. - Desempeñar, en los términos del apartado 2 del artículo 22 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (BOE del 15), las funciones de comunicación, colaboración y cooperación con las Corporaciones locales y, en particular, informar sobre la incidencia en el territorio de los programas de financiación estatal. - Mantener, por iniciativa y de acuerdo con las instrucciones del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma, relaciones de comunicación, cooperación y colaboración con los órganos territoriales de la Administración de la respectiva Comunidad Autónoma que tenga su sede en el territorio provincial. - Ejercer las competencias sancionadoras que se les atribuyan normativamente. - En las provincias en las que no radique la sede de las Delegaciones del Gobierno, el Subdelegado del Gobierno, bajo la dirección y la supervisión del Delegado del Gobierno, ejercerá las siguientes competencias: la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizando la seguridad ciudadana, todo ello dentro de las competencias estatales en la materia. A estos efectos dirigirá las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado en la provincia y la dirección y la coordinación de la protección civil en el ámbito de la provincia. - En relación con los servicios integrados le corresponderá la comunicación, colaboración y cooperación con las entidades locales y con los órganos territoriales de la respectiva Comunidad Autónoma en su ámbito territorial, en relación con las funciones propias de los servicios integrados, sin perjuicio de otros mecanismos de cooperación y colaboración, legalmente previstos.
Regulación Legal: Ley 6/1997, de 14 de abril (BOE del 15), de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Real Decreto 617/1997, de 25 de abril (BOE del 3 de mayo), de Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares de la Administración General del Estado. Real Decreto 1330/ 1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno. - Art. 77 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE de 31).
Fecha de actualización de la información: 01.10.2003

Unidad: OFICINA DE EXTRANJEROS
Dirección: C/ Los Maestres, 2
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 14 10
Observaciones: Depende funcionalmente del Ministerio del Interior.

Funciones: Las Oficinas de Extranjeros ejercerán en el ámbito provincial las siguientes funciones: - La tramitación de las exenciones de visados, los permisos de residencia, de trabajo y las tarjetas de residencia de ciudadanos de estados miembros de la Comunidad Económica Europea, así como la expedición y entrega de los mismos, elevando a las autoridades competentes las correspondientes propuestas de resolución. - La tramitación de expedientes relativos a sanciones gubernativas por infracciones en materia de extranjería cuyo conocimiento se derive del ejercicio de las funciones atribuidas en la letra anterior. - La elevación a los órganos competentes de las oportunas propuestas de resolución relativas a todo tipo de sanciones gubernativas en materia de extranjería. - La información a los interesados y la recepción, en su caso, de las solicitudes de asilo y refugio, así como la notificación a los mismos de las resoluciones adoptadas por los órganos competentes. - La obtención y elaboración del conjunto de la información estadística de carácter administrativo y sociológico sobre la población extranjera en la provincia.
Regulación Legal: Real Decreto 1521/1991, de 11 de octubre, sobre creación, competencias y funcionamiento de las oficinas de extranjeros (BOE del 26).
Observaciones: Depende funcionalmente del Ministerio del Interior.
Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: ÁREA FUNCIONAL DE FOMENTO
Titular: Ignacio Navascues Rodríguez
BOE: 17.04.1998
Dirección: C/ Joaquín Ballester, 39
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 11 52/ 50
Fax: 96 348 88 83

Funciones: La dirección de los órganos del área funcional, situados en la provincia sede de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos del área funcional, integrados en las Subdelegaciones del Gobierno o, en su caso, en las Direcciones Insulares.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno (BOE 20.08.1997).
Observaciones: ACTÚA SOBRE TODO EL TERRITORIO DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO.
Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: SERVICIO REGIONAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
Dirección: C/ Joaquín Ballester, 39 - 5ª planta. Edificio servicios múltiples
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 11 85
Fax: 96 388 11 84

Regulación Legal: Real Decreto 2724/1998, de 18 de diciembre, de integración de los servicios regionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional en las Delegaciones del Gobierno (BOE 12.01.99).
Fecha de actualización de la información: 20.04.2001

Unidad: ÁREA FUNCIONAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Titular: Fernando Martínez Sotillos
BOE: 13.06.1998
Dirección: C/ Joaquín Ballester, 39
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 12 54
Fax: 96 388 10 81

Funciones: La dirección de los órganos del área funcional, situados en la provincia sede de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos del área funcional, integrados en las Subdelegaciones del Gobierno o, en su caso, en las Direcciones Insulares.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno (BOE 20.08.1997).
Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: ÁREA FUNCIONAL DE AGRICULTURA Y PESCA
Titular: José Santos Caffarena
BOE: 27.03.1998
Dirección: C/ Joaquín Ballester, 39-9
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 10 01
Fax: 96 388 10 46

Funciones: La dirección de los órganos del área funcional, situados en la provincia sede de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos del área funcional, integrados en las Subdelegaciones del Gobierno o, en su caso, en las Direcciones Insulares.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno (BOE 20.08.1997).
Observaciones: ACTÚA SOBRE TODO EL TERRITORIO DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MATERIA AGROALIMENTARIA.
Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: ÁREA FUNCIONAL DE SANIDAD
Dirección: C/ Muelle de la Aduana, s/n.
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 367 65 13 96 367 64 68
Fax: 96 323 71 14

Funciones: La dirección de los órganos del área funcional, situados en la provincia sede de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos del área funcional, integrados en las Subdelegaciones del Gobierno o, en su caso, en las Direcciones Insulares.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno (BOE 20.08.1997).
Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: OFICINA DE SANIDAD VEGETAL
Localidad: GANDIA
Provincia: Valencia

Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: ÁREA FUNCIONAL DE ALTA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN
Dirección: C/ Joaquín Ballester, 39
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 388 11 56 96 388 12 19
Fax: 96 388 10 81

Funciones: - La dirección de los órganos del área funcional, situados en la provincia sede de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos del área funcional, integrados en las Subdelegaciones del Gobierno o, en su caso, en las Direcciones Insulares. - Las áreas funcionales de alta inspección de educación integradas en las respectivas Delegaciones del Gobierno y regidas por el Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, y demás normas que les sean de aplicación, dependen funcionalmente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección.
Regulación Legal: - Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno (BOE 20.08.1997). - Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1331/2000, de 7 de julio, por el que se desarrolla la Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (BOE del 8).
Observaciones: ACTÚA SOBRE TODO EL TERRITORIO DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO.
Fecha de actualización de la información: 21.02.2001

Unidad: ÁREA FUNCIONAL DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Titular: Jorge Juan Muñoz Gil
BOE: 29.09.1999
Dirección: C/ San Vicente Martir, 83-85
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Teléfono: 96 351 27 10
Fax: 96 352 25 24

Funciones: La dirección de los órganos del área funcional, situados en la provincia sede de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos del área funcional, integrados en las Subdelegaciones del Gobierno o, en su caso, en las Direcciones Insulares.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno (BOE 20.08.1997).
Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO
Titular: José Alberto Martínez Díaz
BOE: 01.11.2003
Dirección: Plaza de la Montañeta, 6
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 523 31 00
Fax: 96 523 31 60

Funciones: Dirigir, en su caso, los servicios integrados de la Administración General del Estado, de acuerdo con las instrucciones del Delegado del Gobierno. - Impulsar, supervisar e inspeccionar los servicios no integrados. - Desempeñar, en los términos del apartado 2 del artículo 22 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (BOE del 15), las funciones de comunicación, colaboración y cooperación con las Corporaciones locales y, en particular, informar sobre la incidencia en el territorio de los programas de financiación estatal. - Mantener, por iniciativa y de acuerdo con las instrucciones del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma, relaciones de comunicación, cooperación y colaboración con los órganos territoriales de la Administración de la respectiva Comunidad Autónoma que tenga su sede en el territorio provincial. - Ejercer las competencias sancionadoras que se les atribuyan normativamente. - En las provincias en las que no radique la sede de las Delegaciones del Gobierno, el Subdelegado del Gobierno, bajo la dirección y la supervisión del Delegado del Gobierno, ejercerá las siguientes competencias: la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizando la seguridad ciudadana, todo ello dentro de las competencias estatales en la materia. A estos efectos dirigirá las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado en la provincia y la dirección y la coordinación de la protección civil en el ámbito de la provincia. - En relación con los servicios integrados le corresponderá la comunicación, colaboración y cooperación con las entidades locales y con los órganos territoriales de la respectiva Comunidad Autónoma en su ámbito territorial, en relación con las funciones propias de los servicios integrados, sin perjuicio de otros mecanismos de cooperación y colaboración, legalmente previstos.
Regulación Legal: Ley 6/1997, de 14 de abril (BOE del 15), de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Real Decreto 617/1997, de 25 de abril (BOE del 3 de mayo), de Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares de la Administración General del Estado. Real Decreto 1330/ 1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno. - Art. 77 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE de 31).
Fecha de actualización de la información: 03.11.2003

Unidad: SECRETARIA GENERAL
Titular: Enrique Simarro Franco
Dirección: Plaza de la Montañeta, 6
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 521 16 75
Fax: 96 521 63 04

Funciones: - La dirección de los servicios comunes de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos responsables en las materias de derechos ciudadanos, procesos electorales, autorizaciones administrativas, protección civil, extranjería y asilo, dependientes funcionalmente del Ministerio del Interior. - La dirección de los demás órganos que se adscriban a la Secretaría General.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto (BOE del 20), de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno.
Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: OFICINA DE EXTRANJEROS
Titular: Enrique Correas Garrido
BOE: 19.02.2003
Dirección: C/ San Fernando 18
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 514 26 13

Funciones: Las Oficinas de Extranjeros ejercerán en el ámbito provincial las siguientes funciones: - La tramitación de las exenciones de visados, los permisos de residencia, de trabajo y las tarjetas de residencia de ciudadanos de estados miembros de la Comunidad Económica Europea, así como la expedición y entrega de los mismos, elevando a las autoridades competentes las correspondientes propuestas de resolución. - La tramitación de expedientes relativos a sanciones gubernativas por infracciones en materia de extranjería cuyo conocimiento se derive del ejercicio de las funciones atribuidas en la letra anterior. - La elevación a los órganos competentes de las oportunas propuestas de resolución relativas a todo tipo de sanciones gubernativas en materia de extranjería. - La información a los interesados y la recepción, en su caso, de las solicitudes de asilo y refugio, así como la notificación a los mismos de las resoluciones adoptadas por los órganos competentes. - La obtención y elaboración del conjunto de la información estadística de carácter administrativo y sociológico sobre la población extranjera en la provincia.
Regulación Legal: Real Decreto 1521/1991, de 11 de octubre, sobre creación, competencias y funcionamiento de las oficinas de extranjeros (BOE del 26).
Observaciones: Depende funcionalmente del Ministerio del Interior
Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: OFICINA DE EXTRANJEROS
Dirección: Plaza de la Montañeta, 6
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 521 16 75
Fax: 96 521 63 04

Funciones: Las Oficinas de Extranjeros ejercerán en el ámbito provincial las siguientes funciones: - La tramitación de las exenciones de visados, los permisos de residencia, de trabajo y las tarjetas de residencia de ciudadanos de estados miembros de la Comunidad Económica Europea, así como la expedición y entrega de los mismos, elevando a las autoridades competentes las correspondientes propuestas de resolución. - La tramitación de expedientes relativos a sanciones gubernativas por infracciones en materia de extranjería cuyo conocimiento se derive del ejercicio de las funciones atribuidas en la letra anterior. - La elevación a los órganos competentes de las oportunas propuestas de resolución relativas a todo tipo de sanciones gubernativas en materia de extranjería. - La información a los interesados y la recepción, en su caso, de las solicitudes de asilo y refugio, así como la notificación a los mismos de las resoluciones adoptadas por los órganos competentes. - La obtención y elaboración del conjunto de la información estadística de carácter administrativo y sociológico sobre la población extranjera en la provincia.
Regulación Legal: Real Decreto 1521/1991, de 11 de octubre, sobre creación, competencias y funcionamiento de las oficinas de extranjeros (BOE del 26).
Observaciones: Depende funcionalmente del Ministerio del Interior
Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: PARQUE MÓVIL DEL ESTADO
Titular: Manuel Pérez Núñez
Dirección: C/ Campo de Mirra, 6. Polígono San Blas, distrito 5
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 524 11 01
Fax: 96 524 11 01

Funciones: Los servicios periféricos del Parque Móvil del Estado se encuadran como servicios comunes en las Secretarías Generales de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, cuyos titulares dirigen los servicios integrados del Parque Móvil del Estado, bajo la supervisión de los Delegados y Subdelegados del Gobierno correspondiente. Las unidades integradas del Parque Móvil del Estado prestarán los siguientes servicios: - De representación a los altos cargos de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla, así como a los órganos constitucionales del Estado. - Los de carácter general y ordinario que dispongan las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en su ámbito competencial. Las unidades del Parque Móvil integradas en las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones y Direcciones Insulares de la Administración General del Estado prestarán los siguientes servicios automovilísticos: (- Servicios de representación a los Delegados, Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares. - Servicios de representación a las autoridades y cargos que así lo demanden, siempre que su prestación se inicie en el ámbito territorial correspondiente. - Servicios generales y ordinarios que dispongan las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones y Direcciones Insulares, en su respectivo ámbito competencial, otorgando preferencia a las necesidades de las áreas y servicios integrados).
Regulación Legal: Real Decreto 1163/1999, de 2 de julio, de integración de los servicios periféricos del organismo autónomo Parque Móvil del Estado en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno (BOE del 3). - Orden de 19 de octubre de 2001 por la que se regulan los servicios de automovilismo que prestan el Organismo autónomo Parque Móvil del Estado y las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares de la Administración General del Estado (BOE de 31).
Fecha de actualización de la información: 31.10.2001

Unidad: UNIDAD PROVINCIAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
Titular: Ricardo Pastor Rodado
Dirección: Plaza San Juan de Dios,3
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 525 73 12
Fax: 96 525 70 07

Regulación Legal: Real Decreto 2724/1998, de 18 de diciembre, de integración de los servicios regionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional en las Delegaciones del Gobierno (BOE 12.01.99).
Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA FUNCIONAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Titular: Alfonso F. Muñoz Gámez
BOE: 17.04.1998
Dirección: Avda. Federico Soto, 11 - 1º
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 514 48 09
Fax: 96 514 47 39

Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA FUNCIONAL DE AGRICULTURA Y PESCA
Titular: Ramón Luis Moll Boisson
BOE: 27.03.1998
Dirección: Paseo Federico Soto, 11
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 514 06 75
Fax: 96 514 13 36

Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA FUNCIONAL DE SANIDAD
Titular: Antonio Mayorga Valdeolivas
BOE: 19.07.2002
Dirección: Muelle de Poniente, s/n.
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 592 65 54
Fax: 96 513 08 99

Fecha de actualización de la información: 19.07.2002

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA FUNCIONAL DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Titular: Ambrosio Luciáñez Piney
BOE: 10.11.1999
Dirección: C/ Pintor Lorenzo Casanova, 6
Localidad: ALICANTE
Provincia: Alicante
Teléfono: 96 592 30 07 96 592 68 94
Fax: 96 512 29 65

Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA FUNCIONAL DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Titular: Antonio Porcar Aliaga
BOE: 29.09.1999
Dirección: Paseo de Ribalta, 10
Localidad: CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 20 46 11
Fax: 964 21 50 08

Fecha de actualización de la información: 09.02.2001

Unidad: SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO
Titular: Vicente Sánchez Peral
Dirección: Plaza María Agustina, 6
Localidad: CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 22 05 00
Fax: 964 22 16 43

Funciones: Dirigir, en su caso, los servicios integrados de la Administración General del Estado, de acuerdo con las instrucciones del Delegado del Gobierno. - Impulsar, supervisar e inspeccionar los servicios no integrados. - Desempeñar, en los términos del apartado 2 del artículo 22 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (BOE del 15), las funciones de comunicación, colaboración y cooperación con las Corporaciones locales y, en particular, informar sobre la incidencia en el territorio de los programas de financiación estatal. - Mantener, por iniciativa y de acuerdo con las instrucciones del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma, relaciones de comunicación, cooperación y colaboración con los órganos territoriales de la Administración de la respectiva Comunidad Autónoma que tenga su sede en el territorio provincial. - Ejercer las competencias sancionadoras que se les atribuyan normativamente. - En las provincias en las que no radique la sede de las Delegaciones del Gobierno, el Subdelegado del Gobierno, bajo la dirección y la supervisión del Delegado del Gobierno, ejercerá las siguientes competencias: la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizando la seguridad ciudadana, todo ello dentro de las competencias estatales en la materia. A estos efectos dirigir a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado en la provincia y la dirección y la coordinación de la protección civil en el ámbito de la provincia. - En relación con los servicios integrados le corresponderá la comunicación, colaboración y cooperación con las entidades locales y con los órganos territoriales de la respectiva Comunidad Autónoma en su ámbito territorial, en relación con las funciones propias de los servicios integrados, sin perjuicio de otros mecanismos de cooperación y colaboración, legalmente previstos.
Regulación Legal: Ley 6/1997, de 14 de abril (BOE del 15), de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Real Decreto 617/1997, de 25 de abril (BOE del 3 de mayo), de Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares de la Administración General del Estado. Real Decreto 1330/ 1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno. - Art. 77 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE de 31).
Fecha de actualización de la información: 20.03.2003

Unidad: SECRETARIA GENERAL
Titular: Vicente Jesús Rubio Moreno
Dirección: Plaza María Agustina, 6
Localidad: CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 22 05 00
Fax: 964 22 16 43

Funciones: - La dirección de los servicios comunes de la Delegación del Gobierno. - La coordinación de los órganos responsables en las materias de derechos ciudadanos, procesos electorales, autorizaciones administrativas, protección civil, extranjería y asilo, dependientes funcionalmente del Ministerio del Interior. - La dirección de los demás órganos que se adscriban a la Secretaría General.
Regulación Legal: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto (BOE del 20), de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno.
Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: OFICINA DE EXTRANJEROS
Dirección: Ronda Magdalena, 92
Localidad: CASTELLÓN DE LA PLANA
Provincia: Castellón de la Plana
Teléfono: 964 25 36 00

Funciones: Las Oficinas de Extranjeros ejercerán en el ámbito provincial las siguientes funciones: - La tramitación de las exenciones de visados, los permisos de residencia, de trabajo y las tarjetas de residencia de ciudadanos de estados miembros de la Comunidad Económica Europea, así como la expedición y entrega de los mismos, elevando a las autoridades competentes las correspondientes propuestas de resolución. - La tramitación de expedientes relativos a sanciones gubernativas por infracciones en materia de extranjería cuyo conocimiento se derive del ejercicio de las funciones atribuidas en la letra anterior. - La elevación a los órganos competentes de las oportunas propuestas de resolución relativas a todo tipo de sanciones gubernativas en materia de extranjería. - La información a los interesados y la recepción, en su caso, de las solicitudes de asilo y refugio, así como la notificación a los mismos de las resoluciones adoptadas por los órganos competentes. - La obtención y elaboración del conjunto de la información estadística de carácter administrativo y sociológico sobre la población extranjera en la provincia.
Regulación Legal: Real Decreto 1521/1991, de 11 de octubre, sobre creación, competencias y funcionamiento de las oficinas de extranjeros (BOE del 26).
Observaciones: Depende funcionalmente del Ministerio del Interior.
Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: UNIDAD PROVINCIAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
Titular: Francisco Blázquez Garrosa
Dirección: C/ Trinidad, 5 -3º
Localidad: CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 22 03 18
Fax: 964 22 03 18

Regulación Legal: Real Decreto 2724/1998, de 18 de diciembre, de integración de los servicios regionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional en las Delegaciones del Gobierno (BOE 12.01.99).
Fecha de actualización de la información: 06.05.2002

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA FUNCIONAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Titular: Estanislao Higueras Chaves
BOE: 17.04.1998
Dirección: Plaza María Agustina, 6
Localidad: CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 22 05 00
Fax: 964 22 16 43
 

Fecha de actualización de la información: 17.04.2001

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Titular: José María Vilariño Pintos
Dirección: C/ Herrero, 6
Localidad: CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 22 60 07

Fecha de actualización de la información: 06.05.2002

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA FUNCIONAL DE SANIDAD
Titular: Ana María Martínez Estrada
Dirección: Muelle Serrano Lloberas, s/n
Localidad: GRAO DE CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 28 01 33
Fax: 964 28 07 82

Fecha de actualización de la información: 06.05.2002

Unidad: OFICINA DE SANIDAD EXTERIOR
Titular: Ana Mª Martínez Estrada
Dirección: Muelle Serrano LLoberas, s/n
Localidad: CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 28 01 33
Fax: 964 28 07 82

Fecha de actualización de la información: 14.06.2000

Unidad: DEPENDENCIA DEL ÁREA FUNCIONAL DE AGRICULTURA Y PESCA
Titular: José María Medrano Rivas
BOE: 27.03.1998
Dirección: C/ Herrero, 6
Localidad: CASTELLÓN
Provincia: Castellón
Teléfono: 964 22 57 00
Fax: 964 23 78 08

Fecha de actualización de la información: 06.05.2002

FUENTE: Ministerio de Administraciones Públicas

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