CITES

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CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES

                    

 

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Apéndice I:

Incluye las especies de animales y plantas sobre las que pesa un mayor peligro de extinción. El comercio de estas especies capturadas o recolectadas en sus hábitats naturales está prohibido y sólo se permite bajo circunstancias excepcionales, por ejemplo, para la investigación científica. En este caso, puede autorizarse el comercio concediendo un permiso de exportación (o certificado de reexportación) y un permiso de importación.

Apéndice II:

Incluye las especies que, si bien en la actualidad no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, podrían llegar a estarlo a menos que se controle estrictamente su comercio. Incluye también especies de apariencia similar a otras incluidas en los Apéndices CITES, a fin de garantizar un mejor control de las anteriormente citadas. El comercio de animales y plantas, capturados o recolectados en el medio silvestre, y nacidos en cautividad o reproducidos artificialmente, está permitido, si bien está reglamentado. El comercio puede autorizarse concediendo un permiso de exportación o un certificado de reexportación.

Apéndice III:

Incluye las especies sujetas a reglamentación dentro del territorio de un país Parte el cual necesita la cooperación de otros países con el fin de impedir o restringir su explotación. Se precisa un permiso de exportación CITES cuando el espécimen es originario del país que ha solicitado la inclusión de esa especie en el Apéndice III, o un certificado de origen expedido por la Autoridad Administrativa CITES del país exportador, o re-exportador, en el resto de los casos.

 

Especies incluídas en los Apéndices I, II y III

(en vigor desde el 22 de mayo de 2009)

 

Páginas en este WebSite relacionadas CITES:

¿Que es la CITES? Pasos para determinar la validez de un permiso CITES.

El Texto de la Convención.

Centros de la Dirección General de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior (CATICE)

Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo de 9 de diciembre de 1996 relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

Reglamento (CE) n.º 2724/2000 de la Comisión de 30 de noviembre de 2000, que modifica el Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo relativo a la protección de especímenes de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

Reglamento (CE) n° 1579/2001 de la Comisión, de 1 de agosto de 2001, que modifica el Reglamento (CE) n° 338/97 del Consejo relativo a la protección de especímenes de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

Reglamento (CE) n° 1808/2001 de la Comisión, de 30 de agosto de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 338/97

CITES: Catálogo de Reptiles, Anfibios y Peces.

CITES: Catálogo de especies: Testudinata.

CITES: Claves de identificación de tortugas Orden: Testudinata Familia: Emídidos

CITES: Claves de identificación para tortugas marinas 

 

Orden: Testudinata Familia: Quelónidos 

Orden: Testudinata Familia: Dermoquélidos

CITES: Pasos para determinar la validez de un permiso.

CITES: Cantidad de especies incluídas en los Apéndices

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FUENTE: Autoridad CITES. Secretaría de Estado de Comercio

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