LLIRIA

"COTO DEL CATALÁ"

ESTUDIO DE LAS CARACTERÍSTICAS BIOLÓGICAS Y AMBIENTALES DEL COTO DEL CATALÁ

Enrique Murgui Pérez 
Licenciado en Ciencias Biológicas por la Universidad de Valencia



Este valor del paisaje se obtiene a partir de las puntuaciones en cada uno de los subapartados, multiplicadas por los coeficientes de corrección que el Mapa Geocientífico determina como necesarios (Tabla 3.2).

Tabla 3.2. Valoración del paisaje en el Coto del Català

 

    Calidad

     Fragilidad

5. Paisaje

Valor

Coeficiente

Total

Valor

Coeficiente

Total

5.1. Relieve

2

3

6

4

3

12

5.2. Desnivel

4

1

4

4

1

4

5.3. Vegetación

4

2

8

3

2

6

5.4. Masas de agua

1

2

2

1

2

2

5.5. Actuaciones

4

2

8

4

2

8

5.6. Accesibilidad

-

 

 

2

2

4

5.7. Incidencia visual  

-  

   

5  

3

15  

De este modo, obtenemos dos indices:

Ic (Indice de Calidad) = (Pi · Vij)/Pi   donde,

Pí es el factor de corrección del parámetro i

Vij es el valor del tipo j del parametro i

Operando, tenemos que

((2*3)+(4*1)+(4*2)+(1*2)+(4*2))/3+1+2+2+2 = 28/10 = 2.8

If (Indice de Fragilidad) = (Pi · Vij)/Pi    es decir,

((4*3)+(4*1)+(3*2)+(1*2)+(4*2)+(2*2)+(5*3))/((3+1+2+2+2+2+3)) = 51/15 =3.4

Cp (Calidad Total del Paisaje) = 2·Ic+If/3 = ((2*2.8)+3.4)/3 = 9/3 = 3

Este valor, es posteriormente reclasificado en una escala de 1 a 5 dependiendo del valor medio obtenido para el conjunto de puntuaciones del resto de las unidades morfodinámicas del sistema o sistemas en los que se incluye el área bajo estudio. Este valor no lo proporciona directamente el Mapa Geocientífico, así que lo hemos calculado a partir de los datos que se proporciona en dicha obra. Hemos eliminado para obtener este valor medio las unidades morfodinámicas que corresponderían al Coto del Català (Tabla 3.3).

Tabla 3.3. Valores medios y desviación típica, entre paréntesis, de los indices para el paisaje y el valor ambiental de los sistemas en los que se incluye el Coto del Català

 

Sistema

Variable

Lomas carbonatadas

Aluvial -Coluvial

Indice calidad paisaje (Ic)

2.40 (0.34)

2.13 (0.25)

Indice fragilidad paisaje (If)

3.14 (0.20)

2.95 (0.24)

Calidad total del paisaje (Cp)

2.61 (0.26)

2.41 (0.20)

Valor de calidad para la conservación (Vc)

35.2 (5.30)

24.26 (5.32)

De acuerdo, pues, con estos datos y el criterio de clasificación establecido en el Mapa Geocientífico, el Coto del Català obtendría esta clasificación para el valor de Calidad total del paisaje:

Calidad total del paisaje con repecto al sistema Lomas Carbonatadas  Cp = 3

Calidad total del paisaje con respecto al sistema Aluvial-Coluvial Cp = 4

c) Calculo de la calidad para la conservación (Vc)

Llegados a este punto, ya es posible calcular el valor de calidad para la conservación de la zona (Vc) mediante las puntuaciones obtenidas en cada elemento y su factor de corrección correspondiente (Tabla 3.4).

Tabla 3.4. Valores de los diferentes elementos.

 

Valor

Factor de corrección

Total

Vegetación

3

4

12

Fauna

2

4

8

Geología

3

3

9

Protección de acuíferos

4

2

8

Paisaje

 

 

 

Lomas Carbonatadas

3

3

9

Aluvial -Coluvial  

4  

3  

12  

Obtenemos:

Valor de calidad para la conservación (Vc) = pivi  donde

pi = peso del elemento considerado

vi = valor del elemento en la unidad

operando

Vc Lomas Carbonatadas =  12+8+9+8+9 = 46

Vc Aluvial-Coluvial = 12+8+9+8+12 = 49

Como en el caso del paisaje, para clasificar este valor comparamos con las medias de los respectivos sistemas (Tabla 3.3.), de tal modo que:

Valor de conservación con respecto al sistema Lomas Carbonatadas = 5

Valor de conservación con respecto al sistema Aluvial-Coluvial = 5

En suma, siguiendo idéntico procedimiento al del mapa Geocientífico y valorando en concreto el Coto del Català obtenemos unos índices de calidad muy superiores a los que proporcionaba el EIA.

3.4.    VALORACIÓN DEL IMPACTO

La valoración del impacto en el EIA por lo que corresponde a la vegetación aparece en el apartado 5.2.1. pp. 38. Esta valoración se efectúa por unidades dentro de la zona y por tanto, resulta de poco valor al considerar que el impacto sobre una unidad no afecta al resto, aspecto al que ya hemos aludido. En este caso, existe además un flagrante defecto de partida. Este no es otro que el de considerar que la zona “carece de valor ambiental”, está “degradada”, “no tiene alto valor ecológico”, “la tendencia es a acelerar el proceso de degradación”... y toda la retahila de afirmaciones carentes de la más elemental objetividad técnica o científica que salpican por doquier el EIA. Con esta premisa, repetimos, arbitraria y sesgada hacia los intereses del promotor, no es extraño que se concluya que ninguno de los impactos se considera crítico. Por el contrario, si atendieramos a los resultados obtenidos en nuestro estudio, dicho impacto se podría valorar de forma diferente y obtendríamos que, por el contrario, es grave, como no puede por menos de serlo la substitución practicamente total de una masa forestal de tipo mediterráneo con presencia de endemismos vegetales y fauna asociada, por un paisaje urbanizado en el cual la vegetación será, fundamentalmente, de carácter alóctono.

En este sentido varias afirmaciones del EIA resultan, cuando menos, discutibles

1.      “En términos relativos, la superficie afectada, aproximadamente, 220 ha es poco significativa si se compara con la total de terrenos de las mismas características urbanas y susceptibles de urbanización que encontramos en el municipio” (apartado 5.2.1. pp. 39).

Ya hemos demostrado que la clasificación como suelo urbanizable del sector es una maniobra de más que dudosa justificación ambiental. Por tanto habría que comparar con el conjunto de zonas de similares características que constaban como no urbanas en el PGOU. De esta forma obtenemos que el Coto Catalá supone alredor de un 15  %. Algo no tan poco significativo como se asegura en el EIA..  

2.      “Podemos asegurar pues la permanencia de dicha unidad ambiental aun despues de la modificación, con un alcance equivalente y jugando un papel también equivalente tanto en la configuración del paisaje local, como en la disponibilidad del espacio adecuado, en principio, para la permanencia de la fauna característica” (apartado 5.2.1. pp. 39).

Los redactores del EIA parecen tener una omnisciencia asombrosa. Aunque en ningún momento en el EIA han aludido a elementos del  paisaje local, ni a su configuración ni funcionamiento, ni a como se inserta el Coto del Català en el mismo, expresan sin ningún recato y con una tan notable como espúrea capacidad predictiva, que la unidad permanecerá con un “alcance” (los autores sabrán a que se refieren con este término) equivalente y jugará un papel equivalente en el paisaje local. Deberían, al menos, explicar como llegan a tamañas conclusiones. También es sorprendente la afirmación de que habrá disponibilidad del “espacio” adecuado para la permanencia de la fauna “característica”. Si redactaran con una cierta claridad podríamos saber a que se refieren con esto y no, más o menos, deducirlo. De cualquier modo, y contrariamente a lo que en el EIA parece sugerirse, lo que sí podemos asegurar es que, atendiendo a los requerimientos de hábitat que cualquiera puede conocer por propia experiencia o por la consulta de bibliografía adecuada, ni las poblaciones de orquídeas, ni las de endemismos vegetales, ni las de numerosas especies animales y vegetales propias de un paisaje en mosaico en el que se conjuga una masa forestal con cultivos, sobrevivirán a la transformación en un campo de golf.

 

3.4.    MEDIDAS CORRECTORAS

Previamente a cualquier otra consideración, hemos de señalar que ninguna medida correctora puede atenuar significativamente el enorme impacto que la urbanización y ubicación de un campo de golf en la zona tendrán sobre la vegetación y fauna existente en el Coto del Català. Este impacto es, simplemente, inaceptable. Por tanto, no vamos a entrar a discutir la bondad de las medidas correctoras propuestas en el EIA, sino a mostrar su carácter por así decirlo “cosmético”, revelador, una vez más, de la escasa preocupación medioambiental que el EIA destila.

1.      Calificar a las áreas destinadas a fomentar la fauna como “santuarios de vida salvaje” (apartado 6.1.1. pp. 50) induce a una hilaridad que sólo atenúa la sospecha de que nos hayamos ante un sarcasmo. Que las “bandas de hierba sin cortar” puedan ejercer la función de “áreas colchón” (imaginamos que se refieren a zonas de amortiguación) revela una candidez o una despreocupación asombrosa. Calificar  una masa de agua del campo de golf (un estanque, para entendernos) como un humedal comienza a ser delirante.

2.      Mención aparte merece la instalación de nidos prefabricados (imaginamos que se refieren a cajas anideras)  como “referente óptico” para facilitar la concienciación sobre un programa de conservación de la naturaleza. Aparte de que las cajas anideras cuanto más camufladas mejor, no deja de ser paradójico que una promotora que no parece plantear objeciones a la virtual eliminación de un paisaje forestal y agrario, se descuelgue ahora con la concienciación sobre la conservación de la naturaleza.

3.6. ESTUDIO DE ALTERNATIVAS

Dejamos este apartado para el final porque necesariamente para valorarlo se hace necesaria una información sobre variables (hidrogeología etc. ) que escapan a las posibilidades de este estudio. No obstante, llaman la atención varios puntos:

1.      Desde un punto de vista ambiental es incongruente descartar la Alternativa 1 y la Alternativa 2 porque no existe ninguna zona de interés dentro del ámbito de urbanización y en cambio aceptar el Coto del Català porque si la tiene, aunque “degradada”. Esto parece justificarse por la posibilidad de  regeneración de la zona degradada. Al margen de que negamos la mayor, es decir la degradación del Coto del Català, se hace difícil de comprender porque prevalece dañar a un espacio “degradado”, aunque de interés, para luego “regenerarlo”, en vez de dañar a uno que carece de valor (alternativas propuestas). 

2.      Según los autores, la Alternativa 2 queda descartada “al afectar a una zona agrícola protegida según se puede apreciar en el plano de Clasificación del Suelo”.  Esta sensibilidad, no pareció extenderse al Coto del Català el cual también constaba como suelo no urbanizable protegido. Difícilmente puede hallarse una razón ambiental que justifique esta diferente valoración. 

Ninguno de estos argumentos posee, pues, valor a la hora de descartar tales alternativas. No cuesta demasiado suponer que en un municipio de la extensión de Lliria sería posible hallar enclaves para la ubicación de un campo de golf que cumplan las premisas que los autores consideran importantes y que no afecten a un área de elevado valor medioambiental como es el Coto del Català.

 

4. CONCLUSIONES

En la actualidad, El Coto del Català está constituido por un ecosistema forestal que alberga una comunidad vegetal y animal de carácter mediterráneo con un elevado valor de biodiversidad (al menos 95 taxones vegetales y 84 especies de vertebrados), especialmente si se compara con el entorno inmediato.

De forma intrínseca, dicha comunidad adquiere una notoria importancia por i) la presencia de taxones vegetales endémicos; ii) la presencia de numerosos taxones animales o vegetales en estado de conservación desfavorable en diversos ámbitos territoriales. Muchas de estas especies se hallan protegidas en virtud de la legalidad internacional, nacional o autonómica.

De forma relativa, dentro del contexto municipal, el Coto del Català posee un elevado valor al constituir uno de los 12 fragmentos de ecosistema forestal que posee el municipio. El valor ambiental de estos fragmentos fue explícitamente reconocido en el PGOU de Lliria y por ello fueron clasificados como Suelo No Urbanizable Protegido.

Desde un punto de vista diacrónico, el estado de este ecosistema parece haber sido el mismo desde hace al menos 50 años. Nada permite afirmar que se halle en una tendencia regresiva y no cabe calificarlo de espacio degradado, ni desde el punto de vista fitosociológico ni desde la acepción general del vocablo.

Estas razones determinan que, atendiendo a la metodología propuesta por el Mapa Geocientífico de la Provincia de Valencia, el Coto del Català obtenga un valor de 5 (el máximo) de Calidad Ambiental.

Frente a esta realidad, la urbanización y construcción de un campo de golf y urbanizaciones anexas, propuesta por la mercantil “Roturaciones y Cultivos S.A.” resulta absolutamente inaceptable desde un punto de vista ambiental. Tanto menos cuando tal propuesta pretende quedar justificada por un Estudio de Impacto Ambiental que presenta, al menos en lo que respecta a los aspectos medioambientales, graves y reiteradas carencias. Estas carencias afectan desde la insuficiente o errónea caracterización de la comunidad biológica hasta a la sesgada valoración ambiental de la zona, pasando por el planteamiento de medidas de corrección de impacto absolutamente ineficaces para el fin que se persigue o la  propuesta de alternativas al emplazamiento notoriamente impracticables, obviando otras que suponen un menor impacto ambiental.

En conclusión, el Coto del Català no admite ningún uso actual o futuro del suelo que pase por la urbanización o transformación en cultivos. Antes bien se deberían potenciar, mediante la gestión adecuada, aquellas funciones medioambientales que, como formación forestal, ya cumple, sin perjuicio de aprovechamientos de tipo didáctico, cultural o de investigación que no entren en colisión con los valores ambientales. En este sentido, es responsabilidad inmediata e ineludible del Ayuntamiento de Lliria el adoptar las medidas necesarias para este fin. Estas medidas contribuirían a conservar la biodiversidad no sólo en términos locales sino globales. Los municipios poseen una responsabilidad evidente a la hora de conservar especies biológicas en ámbitos territoriales más amplios, en cuanto la población total de una especie no es sino la suma de las poblaciones enclavadas en unidades territoriales más pequeñas, en este caso de índole administrativa, como son los municipios. Centrifugar esta responsabilidad a los municipios vecinos o a entes administrativos o geográficos superiores, bajo ideas del tipo “al lado hay muchos de estos pájaros” o “no es de nuestra competencia” implica no sólo un empobrecimiento de la biodiversidad a escala local, sino perpetuar una actitud irresponsable que contribuye a un empobrecimiento de la biodiversidad en escalas territoriales más amplias.

Firmado:

Enrique Murgui Pérez

Licenciado en Ciencias Biológicas por la Universidad de valencia.  

 

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