Oliva Nova Beach & Golf Resort

Y EL

CENTRO ECUESTRE OLIVA NOVA

 

EL PROYECTO URBANÍSTICO MÁS BREVE, SENCILLO, ESCUETO, IMPRECISO Y VAGO, POR LO RESUMIDO, QUE JAMÁS HEMOS CONOCIDO.

NI EN LA HISTORIA DEL URBANISMO VALENCIANO, DESDE LOS TIEMPOS MODERNOS, SE HA VISTO NADA IGUAL.

CABRÍA UNA CONNIVENCIA ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y EL CONSTRUCTOR PARA LLEGAR A ENTENDERLO

 

TODO UN PROYECTO URBANÍSTICO CON LICENCIA OTORGADA EN 20 DÍAS

¿NO TE LO CREES?

 

SIGUE Y VERÁS...

 

El 24 de Octubre de 2011, según se puede ver en este vídeo promocional  de Alejandro Barreras García-Reboredo sobre el  Mediterranean Equestrian Tour 2012,  ya habían sido iniciadas las obras en un suelo protegido por ser No Urbanizable.
Hay que tener poca imagunación para publicar este vídeo donde se demuestra el inicio de la transformación sin licencia.
La publicidad de este vídeo demuestra la poca imaginación de los promotores cuando justifican de forma feaciente que las obras de transformación en suelo no urbanizable y espacio protegido se iniciaron con anterioridad a la consecución de la irregular licencia otorgada por el Ayuntamiento. Todo un alarde de irresponsabilidad en la ejecución de un proyecto sin las pertinentes licencias urbanísticas.

 

El día 25 de Octubre tuvo entrada en el Ayuntamiento una solicitud de intenciones de licencia de obras: que acompaña un proyecto que suman 5 páginas.

Solicitud de licencia de Centro Ecuestre en Oliva Nova pag1

 

El 8 de noviembre, 15 días después del inicio de las obras, y según el mismo vídeo promocional del  Mediterranean Equestrian Tour 2012, toda la cubierta vegetal ya había sido arrasada y parte del suelo impermeabilizado a pesar de no disponerse de las licencias y autorizaciones reglamentarias.

 El 14 de noviembre (20 días después del inicio de las obras) de forma totalmente irregular, la Alcaldía, en una actuación muy atrevida, resuelve conceder licencia urbanística para obras y usos provisionales, mediante Decreto 4237/11, careciendo de la preceptiva Declaración de Interés Comunitario  que debe otorgar la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, previo a cualquier concesión de licencia en Suelo No Urbanizable (Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable en su Articulo 33).

 

¿Verdad que parece de "PELÍCULA"?

...Pues como si de la mafia se tratase, la connivencia entre el Ayuntamiento de Oliva y Construcciones Hispano Germanas, S.A. quedaba garantizada.

 

Complejo urbanístico Oliva Nova. Foto C.A.E.

Al complejo turístico Oliva Nova, con su campo de golf ensamblado sobre una zona húmeda, lo corona este globo en la rotonda de entrada

 

Mediterranean Equestrian Tour 2012

Un proyecto de Alejandro Barreras García-Reboredo que se inicia sin el pronunciamiento de la Autoridad competente en conceder la Declaración de Impacto Ambiental, lo que implica obras de infraestructura totalmente ilegales con supuestos delictivos.

 

Finca de La Plevá totalmente transformada en una imagen realizada el 7 de noviembre de 201. Se observa como la Casa Plevá ha sido totalmente destruída. Foto propiedad del C.A.E. PINCHA PARA OBTENER UNA IMÁGEN MAYOR

Finca del Plevà totalmente transformada sin licencia urbanística, en una imagen realizada el 7 de noviembre de 2011. Se observa como la Casa del Plevà (Patrimonio etnológico valenciano) ha sido totalmente destruida (Foto propiedad C.A.E.)

 

LA FINCA DEL PLEVÀ

 Y

LA ZONA DE MARJAL DE LA DEVESA DE OLIVA

 

El Ayuntamiento de Oliva (Valencia), ha permitido, sin la resolución del órgano competente de la Generalitat Valenciana en materia de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio, la transformación de una zona protegida para la construcción de un centro hípico de alto nivel en el que se pretende celebrar el Mediterranean Equestrian Tour 2012.

Un ingenio del ex-director del Sunshine Tour de Salto y Doma Clásica, Alejandro Barreras, plagado de irregularidades e ilegalidades, que hace difícil su viabilidad, al construirse en suelo No Urbanizable, dentro del perímetro de protección de un espacio protegido por su inclusión en el Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana y considerarse, además, en la Zona de Amortiguación de impactos del Parque Natural de Pego-Oliva, sin las preceptivas autorizaciones de la Consellería competente en medio ambiente.

 

LA QUE HAS LIADO... ALEJANDRO...

UN PROYECTO DISEÑADO PARA EL FRACASO POR LA SUPUESTA IGNORANCIA DE CARLOS BORHO LÁZARO COMO REPRESENTANTE DEL "CENTRO ECUESTRE OLIVA NOVA, S.R.L.", Y EL ATREVIMIENTO DE UN PROMOTOR, ALEJANDRO BARRERAS, QUE NO RESPETAN LAS MAS ELEMENTALES NORMAS URBANÍSTICAS VIGENTES QUE SE REQUIEREN PARA EL INICIO DE ESTAS ACTIVIDADES.

 

Un precipitado proyecto con implicaciones legales que pulula por las dependencias del Ayuntamiento de Oliva sin las suficientes garantías dada su opacidad, oscurantismo y ausencia de participación pública, otra cuestión de obligado cumplimiento que no se ha tenido en cuenta.

 

UNAS OBRAS NO IDENTIFICADAS, NI PUBLICITADAS, EN CONTRA DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA...

  EL DECRETO 67/2006, DE 19 DE MAYO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA, UNIFICA EN UNA SOLA NORMA EL DESARROLLO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y PROTECCIÓN DEL PAISAJE, LA LEY DEL SUELO NO URBANIZABLE Y LA LEY URBANÍSTICA VALENCIANA, APROBADAS POR LA GENERALITAT.

 

En su artículo 560, al respecto de la publicidad urbanística indica lo siguiente:

"De conformidad con el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU) todos los Ayuntamientos están obligados a poner en funcionamiento y gestionar con la debida diligencia una página web en la que los ciudadanos puedan tener acceso a toda la información que debe figurar en el Registro Municipal de Urbanismo".  

 

Con respecto a la publicidad de las licencias queda regulado por el dicho Decreto, en su Artículo 477, lo que se indica:

Publicidad del otorgamiento de la licencia en las obras de construcción, edificación o urbanización (en referencia al artículo 192 de la Ley Urbanística Valenciana)

1. En todas las obras de edificación y urbanización debe disponerse a pie de obra de una copia compulsada de la resolución expresa del otorgamiento de la licencia.

2. En todas las obras que hayan requerido la presentación de un proyecto técnico para el otorgamiento de licencia urbanística, debe instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo que, sin perjuicio de lo que puedan precisar las Ordenanzas Locales respecto a la forma, dimensiones y demás características, deberá ajustarse a las siguientes reglas:

a) En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la identidad del titular de la licencia, del proyectista, del constructor y de los directores de obra y de ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
b) El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para terceros.

 

¡CUIDADO!... CON UNOS GOBERNANTES QUE PERMITEN TRANSFORMACIONES SIN GARANTÍAS URBANÍSTICAS...  APAGA, CIERRA, Y VÁMONOS...

 

OTORGAR UNA LICENCIA DE OBRAS A UNA SOLICITUD DE INTENCIONES, EN SUELO NO URBANIZABLE, EN ÁREA DE ZONIFICACIÓN DEL PARQUE NATURAL DE PEGO-OLIVA, Y SIN DECLARACIÓN DE INTERÉS COMUNITARIO (D.I.C.), REVELA UNA CLARA CONNIVENCIA ENTRE LA ALCALDESA DE OLIVA, Mª CONSUELO ESCRIVÁ HERRÁIZ, Y LA EMPRESA DEL LADRILLO CONSTRUCCIONES HISPANO GERMANAS, S.A. DE LA QUE ES APODERADO JOSÉ LUÍS PASCUAL GARCÍA DEL REAL.

Maria Consuelo Escrivá Herraiz en una imagen extraída de la página web del Ayto de Oliva

Imagen institucional de la alcaldesa de Oliva Dª Maria Consuelo Escrivá Herráiz. Foto Ayuntamiento Oliva

DESTRUIR PARA DIVERSIÓN, DEBERÍA PASAR FACTURA...

Transformación del suelo en la Finca de la Plevá (Oliva), en una imagen realizada el 5-11-2011. Foto C.A.E. Transformación del suelo en la Finca de la Plevá (Oliva), en una imagen realizada el 5-11-2011. Foto C.A.E.
Transformación del suelo en la Finca de la Plevá (Oliva), en una imagen realizada el 5-11-2011. Foto C.A.E. Transformación del suelo en la Finca de la Plevá (Oliva), en una imagen realizada el 5-11-2011. Foto C.A.E.
Transformación del suelo en la Finca de la Plevá (Oliva), en una imagen realizada el 5-11-2011. Foto C.A.E. Transformación del suelo en la Finca de la Plevá (Oliva), en una imagen realizada el 5-11-2011. Foto C.A.E.

Todavía no se disponía de la irregular licencia de obras cuando ya se había transformado el paisaje con eliminación de la cubierta vegetal según se observa en estas imágenes realizadas por esta ONG a la Finca del Plevà el 5-11-2011

 

Los peones carecen de los equipos adecuados, lo que conlleva un riesgo laboral que implica vulneración de las normas sobre seguridad en el trabajo. Foto C.A.E. Circulación de un vehículo privado por medio de la parcela en obras el 19-11-2011. Foto C.A.E.

La falta de seguridad en el trabajo que asumen los obreros de CONSTRUCCIONES HISPANO GERMANAS, S.A al carecer de equipo adecuado en la construcción de este centro de hípica, así como el permitir la circulación de vehículos privados por dentro de las obras en plan de visitas, denota una falta de ética y seriedad que implica un riesgo laboral gratuito. Todo un “lujo” de empresa constructora que se “permite” tan alegremente vulnerar las normas establecidas sobre seguridad en el trabajo. Imágenes realizadas el 19-11-2011. Fotos C.A.E.

 

CONSTRUCCIONES HISPANO GERMANAS, S.A. DE LA MANO DE ALEJANDRO BARRERAS, EN UN PROYECTO PLAGADO DE IRREGULARIDADES ACTÚA CON PREPOTENCIA Y CULMINA ÉSTE CON LA DESTRUCCIÓN DE LA CASA DEL PLEVÁ, UNA VIVIENDA INVENTARIADA POR LA CONSELLERÍA DE CULTURA COMO PATRIMONIO ETNOLÓGICO.

La demolición de este patrimonio se realizó sin los pertinentes permisos municipales ni la autorización del organismo competente en Patrimonio Cultural. Tampoco se disponía en esa transformación de la preceptiva autorización de la Consellería de Territorio y Medio Ambiente al considerarse el espacio dentro de la zona de amortiguación de impactos del P.O.R.N. Pego-Oliva, así se demuestra en el informe del 22 de noviembre emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, Juan R. Porta Sancho, a solicitud de la Patrulla del SEPRONA de Gandía:

 

INFORME DEL ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL Juan R. Porta Sancho

22 de Noviembre de 2011:

(RESUMIDO)

 

ASUNTO: Informe técnico referente a la solicitud, n° 12522 de fecha 9 de noviembre de 2011 de la Patrulla del SEPRONA de la Compañía de Gandia de la Guardia Civil, relativo a las obras que se realizan en la Finca del Plevà del Término Municipal de Oliva.


INFORME:

.../..."Con fecha 14 de noviembre de 2001 la Alcaldía, mediante Decreto 4237/11, ha resuelto conceder licencia urbanística para obras y usos provisionales para la adecuación del terreno y las instalaciones para un Centro Hípico para uso temporal, en los terrenos descritos comprendidos en el ámbito del Programa Finca del Plevà, condicionándola, para su validez, a que con carácter previo al inicio y puesta en funcionamiento de la actividad aporte la documentación que se le requiere".../...

.../..."Puesto que las obras de demolición del edificio preexistente así como las de desbroce de las parcelas 1707 y 1962 carecen de la preceptiva licencia urbanística y que las obras que se están realizando en las parcela 2777 y 1649 no se ajustan a las contempladas en la licencia otorgada se ha procedido a iniciar los trámites para la incoación de los expedientes sancionador y de protección a la legalidad urbanística 76/11 por tratarse de obras realizadas sin licencia y obras que no se ajustan a la licencia otorgada".../..,

.../..."De acuerdo con el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Oliva, el suelo de las parcelas afectadas por estas obras se encuentra clasificado como: Suelo No Urbanizable Común, en una mayor parte, y Suelo Urbanizable No Programado, en una menor parte. Además, el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural del Marjal Pego-Oliva lo incluye dentro del ámbito de la Zona de Amortiguación de Impactos".../...
 

Oliva, a 22 de noviembre de 2011
El Arquitecto Técnico Municipal
Juan R. Porta Sancho

VER EL INFORME TÉCNICO SOBRE INFRACCIÓN URBANÍSTICA

 

 

LAS OBRAS, QUE SE INICIARON SIN LA PERTINENTE LICENCIA MUNICIPAL, CARECEN DE LA PRECEPTIVA DECLARACIÓN DE INTERÉS COMUNITARIO (DIC) QUE DEBE SER APROBADA POR LA CONSELLERÍA DE TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE, AL REALIZARSE ÉSTAS SOBRE SUELO NO URBANIZABLE.

.La Declaración de Interés Comunitario (DIC) es una resolución motivada dictada tras el correspondiente procedimiento por el conseller competente en materia de urbanismo (Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente), por la que, con carácter previo y preceptivo para el otorgamiento de la licencia, para determinados usos o aprovechamientos, atribuye a una parcela de Suelo No Urbanizable Común la cualidad de apta para esos usos, por un plazo determinado y mediante el pago de un canon.

art. 26.2 de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable. DOGV n° 4900, de 10/12/2004)

 

Alquería del Pleva. Conjunto de  vivienda, motor eléctrico, lavadero, y horno, pozo de aireación, cenia, vivienda rural y motor de combustión, que corresponden a elementos del patrimonio etnológico valenciano. Imagen google

Alquería del Plevà, conjunto de  vivienda, motor eléctrico, lavadero, y horno; pozo de aireación, cenia, vivienda rural y motor de combustión, que corresponden a elementos inventariados por técnicos arqueólogos de la Consellería de Cultura como patrimonio etnológico, y de los que ha sido iniciada la declaración como Bien de Relevancia Local por parte del municipio de Oliva. (Imagen anterior a octubre de 2011, antes de su demolición)

 

Así y todo, la mercantil "CENTRO ECUESTRE OLIVA NOVA, S.R.L.", al igual que se implica cuando ignora normas establecidas que deben considerarse en este proyecto, no ha respetado el principio de la legalidad y ha ejercido actuaciones que han llevado a la destrucción de la vivienda rural de la Alquería del Plevà, un patrimonio etnológico inventariado por la Consellería de Cultura que había que preservar.

Los restos de la la Alquería de la Finca del Plevá Casa Plevá en unas imágenes realizadas el 10-11-2011. Foto C.A.E. Los restos de la la Alquería de la Finca del Plevá Casa Plevá en unas imágenes realizadas el 10-11-2011. Foto C.A.E.

Los restos de la Alquería del Plevà en unas imágenes realizadas el 10-11-2011. Fotos C.A.E.

 

Balsa caracterísitca de zona de marjal donde se considera un hábitat del samaruc dentro de la Finca de la Plevá. Foto C.A.E.

No se ha respetado la protección de servidumbre en un hábitat dentro del área de distribución del samaruc, una especie protegida por varias normas autonómicas, nacionales y europeas.  Foto C.A.E.

 

Acequia del Camí de la Plevana dentro del área de afección del samaruc. Foto C.A.E.

No se preserva la zona de protección de la Acequia del Camí de la Plevana dentro del área de distribución del samaruc. Foto C.A.E.

 

nguila (Anguilla anguilla, Linneo 1758) localizada el 10 de noviembre de 2011, en un canal de riego perimetral a la actuación. Foto C.A.E.

Anguila (Anguilla anguilla, Linneo 1758) localizada el 10 de noviembre de 2011, en un canal de riego perimetral a la actuación (La anguila es una especie considerada en Estado Crítico de Extinción por la UICN y figura incluida en el Apéndice II del Convenio CITES).  Fotos C.A.E.

Emys orbicularis, La Pleva, Oliva 28-4-2012

Un ejemplar de galápago europeo (Emys orbicularis) fotografiado en estado salvaje el dia 28 de abril de 2012 en la acequia de la Pleva, dentro de la parcela donde se han realizado las transformaciones y donde se proyecta la hípica. El galápago europeo de origen autóctono, resulta figurar como Vulnerable en el Anexo I del Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, en el Anexo II del Convenio de Berna, y en el Anexo II y Anexo IV de la Directiva de Hábitats, además de considerarse en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) Foto C.A.E.

 

COMO UN CASTILLO DE NAIPES EN EL AIRE.

Los obstáculos e impedimentos en las solicitudes de accesos a información por parte de la alcaldesa de Oliva, Mª Consuelo Escrivá, así como la falta de una participación pública de obligado cumplimiento, hacen que las propias autoridades locales  incurran en vulneraciones de las normas urbanísticas vigentes, las de carácter ambiental y las de accesos a información.

 

Un oscurantismo que pasará factura a responsables en el Ayuntamiento al permitir, autorizar o pretender legalizar un proyecto QUE:

  • No cumple con la Ley de Suelo No Urbanizable.

  • No cumple con el Convenio de Aarhus en los accesos a información y participación pública.

  • No cumple con las normas que rigen el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (P.O.R.N.) del Parque Natural de Pego-Oliva (Decreto de 280/2004) al proyectarse en su área de influencia sin las preceptivas autorizaciones del organismo competente.

  • No dispone, ni se conoce, la resolución administrativa que permite la transformación de suelo en espacio protegido del Riu Racons, incluido en el Catálogo de Zonas Húmedas.

  • No dispone de autorización o concesión del organismo de cuenca (CHJ) para los recursos hídricos o los vertidos de sus aguas residuales.

  • No cumple con la legislación urbanística al facilitarse por la Alcaldía de Oliva, en base a una simple solicitud de intenciones (?) una sospechosa licencia de obras provisional en la que no se ha considerado la normativa sectorial que se exige en materia urbanística y ambiental, a pesar de ello se empezaron a ejecutar las obras sin disponer de esta irregular licencia.

  • No cumple, pues se ha ignorado en el proceso, la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable, cuando se inicia un proyecto que por sus características no debería carecer de la preceptiva Declaración de Interés Comunitario (DIC).

  • No se tiene en cuenta el perímetro de protección de la balsa y acequia  afectadas por este proyecto en la Finca del Plevà y que son considerados hábitat del samaruc (Valencia hispanica) una especie prioritaria por la Unión Europea y considerada en el Decreto 70/2009, de 22 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas y se regulan medidas adicionales de conservación  y en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.

  • No figura en el expediente ningún informe  sobre las posibles afecciones a flora y fauna que pueda tener el proyecto, a pesar de ser uno de los condicionantes que se valoraron en determinación de los espacios protegidos del Riu Racons y del Parque Natural Pego-Oliva.

  • No se ha respetado el informe del técnico arqueólogo que considera afecciones a patrimonio etnológico (Casa y Molí de la Plevá), donde en una prospección arqueológica y etnológica realizada por la Consellería de Cultura, dentro del Expediente 2007/0136-V en relación a un Plan Urbanístico en tramitación para la zona, se propone la preservación de los valores culturales que componen  la Alquería del Plevà, la vivienda, el lavadero, el horno, el pozo de aireación, la cenia, la vivienda rural y el motor de combustión.

En el Expediente 2007/0136-V que se sigue en la Consellería de Cultura, dentro del emplazamiento Sector "Camí de la Mar", Finca del Plevà, en Oliva, siendo interesado Ramón Gregori de CONSTRUCCIONES HISPANO GERMANAS, S.A. de Oliva Nova Golf Centro Comercial, se emitió informe  avalado por la Directora General de Patrimonio Cultural Valenciano, Paz Olmos Peris, en relación a los bienes culturales a proteger en la Finca del Plevà, señalando que está "iniciado su declaración como Bien de Relevancia Local por parte del municipio", indicando que "resulta procedente aportar al Estudio de Impacto Ambiental, documento que deberá haberse elaborado a partir de las actuaciones realizadas y que deberá integrarlas así como sus resultados y medidas correctoras anteriormente indicadas, y sobre el que se emitirá el informe definitivo vinculante del art. 11 de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano al efecto de que se aporte en el correspondiente procedimiento de impacto ambiental ante el órgano administrativo competente".

  • No se detalla en ninguno de los documentos consultados en el Ayuntamiento como se preveen los accesos al futuro recinto y salidas de evacuación o de emergencias, considerando además que la actividad en su funcionamiento requiere del lugar para albergar cerca de dos mil caballos que se pretende y el tránsito de centenares de camiones que se precisan para su transporte y el espacio correspondiente a estacionamiento, pues en el expediente al que se accede a consulta para conocer los planos de información y de ordenación que deben contener indicaciones precisas que identifiquen la parcela y que refleje los accesos a la actividad desde la red general de comunicaciones, no recoge la afección a la Colada del Camino Viejo de Gandia, un espacio protegido como vía pecuaria clasificada en el 74 (BOP 13-7-1974) única vía de acceso que conocemos, de la que no figura autorización preceptiva del organismo competente para hacer uso de ella, en los accesos a la actividad que se pretende.

  • No aparecen las Memorias Informativa y Justificativa en los informes consultados, que deberían contener la descripción de la actividad y de las edificaciones e instalaciones a realizar, sean o no provisionales, en la que se expresaran las características del aprovechamiento necesario: superficie total de la finca, superficie que se vincula a la actividad, perímetro envolvente de la instalación, superficies ocupadas por edificaciones, instalaciones, viales, aparcamientos, zonas de almacenamiento, altura máxima de las instalaciones, número y superficie ocupada por edificaciones, volumen edificaciones, distancia mínima a lindes de edificios e instalaciones, distancia mínima a eje de caminos de edificios e instalaciones, o la de superficie de viales internos (rodadura) que deben superar los 3 metros necesarios para la actividad.

  • No hemos podido consultar, pues no figura en el expediente, el pertinente Proyecto Urbanístico de la actuación suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.

  • No figura en el expediente consultado ningún informe que justifique que la actuación cumple la legislación sectorial que le es de aplicación.

  • Tampoco se establece, pues no aparece en el expediente, ninguna justificación que indique el cumplimiento de los artículos 25 y 26 de la Ley 10/2004, los artículos 97, 100 y 452 del Decreto 67/2006, modificado por el Decreto 36/2007, así como con las determinaciones del vigente planeamiento territorial y municipal (todavía tramitándose, a finales de 2011, en los Servicios Territoriales de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente).

  • Considerando que no existe la imposibilidad física de poder ser ubicada la actividad que se pretende en otro tipo de suelo que no requiera DIC, no comprendemos por que no se ha valorado la alternativa de ubicar dicha actividad en otro espacio que no afecte a zona de influencia del Parque Natural Pego-Oliva, ni invada el perímetro de protección del Ríu Racons, o que evite el uso de vías pecuarias para el tránsito de camiones que requiere la actividad; en cualquier caso, a la vista de los documentos consultados en el Ayuntamiento, y a pesar de disponer de una licencia municipal provisional, la actual ubicación no se ha solicitado legalmente, por lo que las actuaciones habría que considerarlas contrarias a las consideraciones urbanísticas legales.

  • Considerando los usos que se pretenden con la realización del evento Mediterranean Equestrian Tour 2012, no figura en el expediente ningún estudio justificativo fiable del sistema de abastecimiento de agua potable, saneamiento y depuración de aguas residuales, así como de recogida y gestión de los residuos que puedan generar mas de 1.500 caballos o la afluencia de público que se tienen previstos, como se pretende.

  • No aparece en la consulta del expediente ninguna propuesta de plazo de vigencia de la actividad (art. 35 LSNU), plan de restauración o de obras y trabajos para la corrección de los efectos derivados de las actividades o usos desarrollados y la reposición de terrenos, al finalizar el plazo de vigencia (art. 462 ROGTU).

 

La imagen recoge el perímetro de protección del Riu Molinell y la zonificación del PORN del Parque Natural de Pego-Oliva.

En este croquis se representa la ubicación del espacio transformado, donde se muestra flanqueado por un círculo irregular.  A fecha de 10 de noviembre de 2011, el espacio es aún mayor. Se observa como la transformación del terreno ha incidido dentro del perímetro de 500 metros de la zona de protección del Ríu Racons (línea fina azul que incide sobre el espacio alterado) FUENTE: C.M.A., GRUPO SAMARUC-ECOLOGISTAS EN ACCIÓN Y C.A.E.   (PINCHA PARA VERLA CON MAS DETALLE)

 

Perímetro de protección de la Zona Húmeda del Ríu Racons.

La línea azul determina el perímetro de protección de 500 metros del Ríu Racons, que requiere autorización del órgano medioambiental competente para la realización de cualquier obra de infraestructura que implique la transformación de la cubierta vegetal o la afección a este espacio protegido. FUENTE C.M.A.

 

Cartografía suministrada por la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente Cartografía suministrada por la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Con fondo amarillo se interpreta la zona de amortiguación de impactos del Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural de Pego-Oliva, que como se observa incluye toda la zona transformada por el proyecto de hípica. PINCHA SOBRE LA IMAGEN PARA VER CON DETALLE. Una línea coloreada da azul indica el perímetro de protección que recoge el Catálogo de Zonas Húmedas para el Ríu Racons, así pues indica una invasión de las obras en este espacio protegido. PINCHA SOBRE LA IMAGEN PARA VER CON DETALLE.
Cartografía suministrada por la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente Cartografía suministrada por la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
La cartografía de la Generalitat indica un perímetro de protección para la balsa que no se respeta con la transformación. PINCHA SOBRE LA IMAGEN PARA VER CON DETALLE. Tampoco se ha respetado el perímetro de protección para la acequia que recorre el sector, un espacio protegido, al igual que la balsa, por ser área de distribución de la especie samaruc. PINCHA SOBRE LA IMAGEN PARA VER CON DETALLE.

(Cartografía suministrada por la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente a solicitud de esta asociación)

 

ESTE PROYECTO DEL MUNDO DEL CABALLO QUE NO RESPETA LOS CAUCES LEGALES EN SU INICIO AL IGNORAR LAS LEYES PROTECTORAS DEL MEDIO AMBIENTE, Y LAS VIGENTES EN MATERIA URBANÍSTICA, RESULTA QUE TIENE UNOS ARTÍFICES COMO SUPUESTOS INFRACTORES QUE SE PROMOCIONAN EN LA WEB DISEÑADA PARA EL EVENTO.

LOS QUE SE ERIGEN DE FORMA TAN INSENSATA COMO PROMOTORES, O PUBLICITANDO EL MET 2012

Klaus Dammann de http://mediterranean-equestrian-tour.net/ Alejandro Barreras García-Reboredo de http://mediterranean-equestrian-tour.net/ Teresa Fontán Oñate de http://mediterranean-equestrian-tour.net/ Frank Rothenberger de http://mediterranean-equestrian-tour.net/
Klaus Dammann
Alejandro Barreras
García-Reboredo
Teresa Fontán Oñate
Frank Rothenberger

(Según se desprende de la información que figura en la web promocional del MET 2012: "http://mediterranean-equestrian-tour.net/"

 

UNA LICENCIA QUE NO CUMPLE LOS CÁNONES LEGALES QUE RIGEN PARA EL URBANISMO

La licencia provisional otorgada irregularmente por Decreto 4237/11 de la Alcaldía de 14 de noviembre de 2011, la alcaldesa María Consuelo Escrivá Herráiz, no ha considerado que:

  • La ZONIFICACIÓN responde a SUELO NO URBANIZABLE COMÚN, y SUELO URBANIZABLE NO PROGRAMADO por lo que se requiere la presentación de una Declaración de Interés Comunitario (D.I.C.) que debe aprobar la Consellería y de la que no se dispone.

  • LA FINCA DEL PLEVÀ FIGURA EN ZONA DE AMORTIGUACIÓN DE IMPACTOS DEL PARQUE NATURAL DEL MARJAL PEGO-OLIVA, Y SE INCLUYE, EN PARTE, DENTRO DEL PERÍMETRO DE PROTECCIÓN DE LA ZONA HÚMEDA RIU RACONS, por lo que la transformación del espacio requiere del correspondiente procedimiento de impacto ambiental ante el órgano administrativo competente.

  • PENDIENTE DE APROBACIÓN POR LA CONSELLERÍA EL ÁMBITO DEL PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA FINCA DEL PLEVÀ. Mientras no se apruebe dicha tramitación por los Servicios Territoriales de la Consellería, las licencias de obras provisionales en la Finca del Plevá, deben considerarse nulas, siendo obligado en este caso la obtención de la D.I.C para poder otorgar las correspondientes autorizaciones.

 

UNA LICENCIA EN LA QUE SE IGNORAN DOCUMENTOS CLAVE EMITIDOS POR LA CONSELLERÍA QUE IMPIDEN SU LEGALIZACIÓN:

El informe de la Dirección General de Gestión del Medio Natural de fecha 10 de Junio de 2007, y el Documento de Referencia del Plan General Ayuntamiento de Oliva, Expediente: 146/2009- EAE, que incluye la adopción de medidas que lleven a la búsqueda de otra ubicación alternativa recoge en su página 31 el siguiente texto:

"El sector "Finca del Pleva", situado al sur del municipio y próximo a la costa, se localiza en la zona de amortiguación de impactos del PORN de la Marjal de Pego-Oliva y parcialmente dentro del perímetro de afección de 500 m. de la ZHC "Desembocadura y frente litoral del riu Racons".
También se sitúa en las proximidades del PN, LIC ZEPA y humedal RAMSAR Marjal de Pego-Oliva y los LICs Dunas de la Safor y l'Almadrava. La presencia del agua (acequia y estanques) junto a formaciones vegetales naturales y fauna asociada, de alta fragilidad visual, caracteriza algunas zonas incluidas en el sector. Asimismo, su entorno inmediato supone un conjunto de elevado valor natural, ecológico y paisajístico, por la presencia de numerosos espacios protegidos sensibles a las alteraciones en el régimen hídrico y la calidad de las aguas subterráneas, y vulnerables a la implantación de actuaciones urbanísticas. Por ello, deberá buscarse una localización alternativa."

A la vista de estos documentos deberían sobrar mas comentarios, pero la connivencia entre el Gobierno de la Generalitat Valenciana y el Excmo. Ayuntamiento de Oliva, implica unos intereses políticos que se anteponen a los valores naturales de los que puedan disfrutar futuras generaciones, aún considerando la ilegalidad de lo que se defiende. Una cuestión ya aireada en esta página web para conocimiento de los ciudadanos.

 

Transformación en la Finca de la Plevá en Oliva el 10-11-2011. Foto C.A.E.

La Alcaldesa pretende ignorar el informe del 8 de noviembre de 2011, de la Celadora Municipal de Obras del Ayuntamiento que realiza inspección en el lugar de las obras y emite informe el mismo día, del que se indica, previo a la licencia provisional que:

  • Se ha realizado un desbroce, limpieza del terreno y arrancado de arbolado preexistente, en una superficie de 106.264,00 m2.

  • Que se ha construido una pista ecuestre que ocupa una superficie de 6.175,00 m2, con acondicionamiento del terreno desbrozado (6.175,00 m2), relleno con zahorras (5.781,25 m3), impermeabilización del terreno e instalación de las tuberías del sistema de drenaje (5.400,00 m2).

  • Que se han construido dos losas de hormigón armado de 18,00 m2 de superficie aproximada cada una.

  • Que se ha demolido el edificio preexistente, popularmente conocido como Casa del Plevà, destinado antiguamente a vivienda y almacén agrícola.

  • Que se ha realizado desbroce, limpieza del terreno y arrancado de arbolado preexistente, en una superficie de 5.164,60 m2.

  • Que el encargado de las obras, David Barreres, manifiesta que la limpieza de estas parcelas se ha realizado por error del palista (?).
     

A pesar de la prolongación de la ilegalidad urbanística por carecer el promotor de la resolución de la Alcaldía, la alcaldesa NO ORDENÓ LA PARALIZACIÓN DE LAS OBRAS y en cambio se sumó a la irregularidad en la concesión de la misma, ignorando el informe de la Celadora que indicaba irregularidades en la obra, las denuncias del Centro de Acuicultura Experimental el día 5 de noviembre formuladas en el Cuartel de la Guardia Civil de Oliva, las denuncias del día 5 y 7 en el Retén de la Policía local de Oliva, las del día 9 de noviembre en el Ayuntamiento alertando de las afecciones a espacio de zonificación del P.O.R.N. y determinación de Zona Húmeda del Ríu Racons, el 10 de noviembre la presentada en el Ayuntamiento por la demolición de la Casa de la Plevá y además, por la ausencia de resoluciones administrativas del órgano medioambiental en la concesión de tan irregular licencia provisional.

Con fecha 14 de noviembre de 2001 la Alcaldía, mediante Decreto 4237/11 ha resuelto conceder licencia urbanística para obras y usos provisionales para la adecuación del terreno y las instalaciones para un Centro Hípico para uso temporal.

Firmado: María Consuelo Escrivá Herráiz. Alcaldesa de Oliva

 

El Técnico de Administración General, D. Antonio Mansanet Morant (Secretario accidental del Ayuntamiento de Oliva), y la alcaldesa Dª Maria Consuelo Escrivá Herráiz en el Pleno del día 29 de diciembre de 2011. Foto C.A.E.

El Técnico de Administración General, D. Antonio Mansanet Morant (Secretario accidental del Ayuntamiento de Oliva), y la alcaldesa Dª Maria Consuelo Escrivá Herráiz, en el Pleno del día 29 de Diciembre de 2011. Imagen C.A.E.

 

El INFORME TÉCNICO SOBRE INFRACCIÓN URBANÍSTICA INDICA CONDICIONANTES PARA LA CONCESIÓN DE AUTORIZACIONES QUE LA ALCALDESA PRETENDE IGNORAR CUANDO RESUELVE CONCEDER LICENCIA EN CIRCUNSTANCIAS PLAGADAS DE IRREGULARIDADES.

Habrá que ver los intereses que mueven a la alcaldesa de Oliva, María Consuelo Escrivá Herráiz, cuando otorga una licencia totalmente ilegal a CONSTRUCCIONES HISPANO GERMANAS, S.A., haciendo oídos sordos a las recomendaciones del Arquitecto Técnico, Juan R. Porta Sancho, y desoyendo un informe sobre los resultados de las inspecciones de la Celadora realizadas al lugar de las obras los días 8 y 15 de noviembre.

Extracto del Informe del Arquitecto Técnico Municipal

Juan R. Porta Sancho

Dado que las obras descritas se han realizado sin la correspondiente licencia urbanística, no cumplen lo establecido en el artículo 191.1 de la Ley Urbanística Valenciana y el 326 de las Normas Urbanísticas del vigente Plan General de Ordenación Urbana.

Al encontrarse la totalidad de los terrenos dentro de la Zona de Amortiguación de Impactos del Parque Natural del Marjal Pego-Oliva, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 86 del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, la Consellería competente en medio ambiente, previo informe del órgano competente en materia de espacios naturales, deberá pronunciarse sobre la exigencia o no de la evaluación de impacto ambiental de las obras e instalaciones que nos ocupan.

Puesto que los terrenos se encuentran clasificados urbanísticamente en su mayor parte como Suelo No Urbanizable Común y en una menor parte como Suelo Urbanizable No Programado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 25 de la Ley 10/2004 del Suelo No Urbanizable, para la implantación de este uso sobre ellos se exige su previa Declaración de Interés Comunitario y, la consecuente atribución y definición del correspondiente uso y aprovechamiento, con las condiciones expuestas en el art. 27, apartados 2.b) y 3 de esa misma Ley

Las obras en ejecución deben ser consideradas como obras e instalaciones de nueva planta, por lo que se deberá aportar el preceptivo proyecto técnico de ejecución de las obras e instalaciones, realizado por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente, según lo dispuesto en los art. 333 de las NN.UU.

Las obras en ejecución deben considerarse realizadas sin licencia (las del derribo del edificio) y no ajustadas a la licencia urbanística otorgada el resto por no cumplir con lo exigido en el Decreto 4237/11.


Es cuanto he de informar a los efectos oportunos.
Oliva, 16 de noviembre de 2011
El Arquitecto Técnico Municipal
Juan R. Porta Sancho.

 

Obras que no se ajustan a la legalidad vigente

 DECRETO nº 44681 DE INCOACIÓN DE OBRAS SIN AJUSTARSE A LICENCIA

El Teniente de Alcalde Delegado de Disciplina Urbanística, Juan Francisco Pí Aparici, y el Secretario Acctal. Antonio Mansanet Morant, resuelven incoar expediente administrativo de Restauración de la Legalidad Urbanística por la realización de obras sin ajustarse a la licencia otorgada por Decreto de la Alcaldía № 4267/11, de 14 de noviembre.

La notificación de esta orden de paralización implica, como medida cautelar, la inmediata suspensión de los actos de edificación o uso del suelo en curso de ejecución que se llevan a cabo sin ajustarse a la licencia, es decir, el constructor deberá retirar los elementos, materiales o maquinaria en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la orden de paralización, en caso contrario serán retirados o precintados a su costa.

Construcciones Hispano Germanas recibió notificación del Decreto de Incoación de Obras sin Ajustarse a Licencia el 20-12-2011, fecha en que debería suspender toda actividad, disponiendo hasta el 26-12-2011 para hacer efectiva la retirada de la maquinaria y materiales.

El incumplimiento de la presente orden de paralización de las obras, como recoge dicho Decreto, podría suponer la comisión de una infracción penal por desobediencia a la autoridad, de conformidad con el vigente Código Penal.

DECRETO nº 44681 DE INCOACIÓN DE OBRAS SIN AJUSTARSE A LICENCIA

 

 

¡CUIDADO! CON UNOS GOBERNANTES QUE PERMITEN ESTO...

 

OTORGAR UNA LICENCIA EN SUELO NO URBANIZABLE, SIN DECLARACIÓN DE INTERÉS COMUNITARIO, EN BASE A UNA FLACA SOLICITUD DE INTENCIONES, REVELA UNA CLARA CONNIVENCIA ENTRE LA ALCALDÍA Y LA EMPRESA CONSTRUCCIONES HISPANO GERMANAS, S.A.

 

ASÍ PUESTOS, YA NOS DEBERÍAMOS CONSIDERAR TODOS PERDIDOS, YA QUE EL "RASERO" DE LA JUSTICIA, AL PARECER, BRILLA POR SU AUSENCIA EN EL AYUNTAMIENTO DE OLIVA CUANDO DE URBANISMO SE TRATA.

 

A PESAR DE CONOCER QUE LAS OBRAS PROYECTADAS E INICIADAS NO DISPONEN DE LAS PERTINENTES AUTORIZACIONES DE LA GENERALITAT VALENCIANA...

Cuesta entender como gente que se considera en tan alta estima (empresarios, profesionales, organizadores...) resultan ser tan parcos, por ignorantes, que no escuchan cuando se les comunica que pisan terrenos resbaladizos en sus cimientos, al considerarse actuaciones corruptas, pues nacen de la ilegalidad, a pesar de la connivencia de un Ayuntamiento depravado con la mercantil CONSTRUCCIONES HISPANO GERMANAS, S.A. al otorgar licencias totalmente ilegales.

Así pues, los cómplices, como colaboradores o simpatizantes que figuran publicitando el proyecto en la web del MET 2012 (http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/), han generado la suficiente notoriedad para ser insertados en esta página, considerando que la pretendida ignorancia que al parecer padecen, no les exime de la parte de responsabilidad que les corresponde al publicitar en plan de fiesta, unas obras ilegales por realizarse en Suelo No Urbanizable y afectando al patrimonio cultural, tipificadas como DELITO en el nuevo Código Penal.

Los Agraciados:

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Alejandro Barreras, Susana y Juanma. Diego de Riu, Klaus Dammann, y Alejandro Barreras.

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Teresa Fontan y Diego de Riu. Fernando Ligues, Mariano Alvarez, Vicente Llacer, y de espaldas Enrique Martinez de Vallejo.

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Michel Poncelet y Alejandro Barreras. Fernando Ligues, director general de Construcciones Hispano Germanas ( CHG), Mariano Alvarez, y Alberto Alvarez.

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Avelino R. Miravelles, Enrique Martinez de Vallejo y Francisco Goyoaga. Enrique Martinez de Vallejo, Avelino R. Miravelles y Alejandro Barreras.

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/

Secretaria del Grupo Atica, el director del Grupo Atica Vicente Llácer, y Rafael Calabuig Paris, abogado del Grupo Atica, y representante de la mercantil Capital Marina S.L.. Alejandro Barreras y Diego de Riu.
Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/ Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/
Janusz Rissohorse y Frank Rothenberger Alejandro Barreras, Iñigo Jr, y Patricio.
Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/ Imagenes extraidas de la web promocional del MET 2012 http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/
Teresa Fontan, Patricio, e Iñigo Jr. Fernando Ligues (director general de CHG), Mariano Alvarez y Vicente Llácer (director Grupo Atica e inversor del MET).
 
Las imágenes de los colaboradores y simpatizantes de esta supuesta delincuencia urbanística, han sido extraídas de la web promocional del MET 2012  (http://mediterranean-equestrian-tour.net/galería-de-imagenes-gallery/)

 

23 de Diciembre de 2012

Centro Ecuestre Oliva, y Construcciones Hispano Germanas, se vuelven remisos a la orden de paralización de las obras ilegales

Pese a la orden de paralización, las maquinas de J. Savall Ronda, S.A. continuaban trabajando la tarde del 23-12-2011

Pese haber sido notificados del Decreto de Incoación en fecha 20-12-2011, según la legislación vigente, el promotor del Centro Ecuestre Oliva y la constructora CHG (Construcciones Hispano Germanas), hacen caso omiso e incurren en delito por desobediencia, al no haber paralizado las obras desde el mismo instante de la notificación, es decir, el 20 de Diciembre, así y todo, se acredita esta desobediencia a través de las imágenes realizadas en la tarde del 23 de Diciembre de 2011. Foto C.A.E.

 

Pese a la orden de paralización, las maquinas de J. Savall Ronda, S.A. continuaban trabajando la tarde del 23-12-2011

Tarde del 23-12-2011, las máquinas de J. Savall Ronda, S.A., continúan trabajando. Foto C.A.E.

 

24 de Diciembre de 2012

SE PARALIZAN LAS OBRAS

Ya no hay máquinas ni operarios transformando el Suelo No Urbanizable

Levante EMV- 24 de Diciembre de 2012

 

Levante-EMV (Safor)  Oliva Paraliza las obras de la hípica...

Levante-EMV (Comunitat Valenciana) Oliva paraliza las obras...

 Paralización de la actividad...

  (Comunitat Valenciana/La Safor) Oliva paraliza las obras del Centro Hípìco...

 

27 Diciembre de 2011

SE REINICIAN LAS OBRAS

CORRUPCIÓN URBANÍSTICA EN EL AYUNTAMIENTO DE OLIVA

NUEVA ACTIVIDAD SIN LAS PRECEPTIVAS LICENCIAS DEL ORGANISMO COMPETENTE EN MEDIO AMBIENTE, CON AFECCIONES AL ESPACIO PROTEGIDO DEL PARQUE NATURAL DE PEGO-OLIVA, DENTRO DEL PERÍMETRO DE PROTECCIÓN DE LA ZONA HÚMEDA DEL "RÍU RACONS", Y EN SUELO NO URBANIZABLE.

Un mes después del Decreto de Incoación que implicaba la paralización de la actividad, las obras continúan, según observamos a través de estas imágenes captadas el 27-12-2011 ese mismo dia en el espacio protegido y Suelo No Urbanizable. Imágenes  C.A.E.

27-12-2011

Un mes después del Decreto de Incoación que implicaba la paralización de la actividad, las obras continúan, según observamos a través de estas imágenes captadas el 27-12-2011 ese mismo dia en el espacio protegido y Suelo No Urbanizable. Imágenes  C.A.E.

27-12-2011
Un mes después del Decreto de Incoación que implicaba la paralización de la actividad, las obras continúan, según observamos a través de estas imágenes captadas el 27-12-2011 ese mismo dia en el espacio protegido y Suelo No Urbanizable. Imágenes  C.A.E.Un mes después del Decreto de Incoación que implicaba la paralización de la actividad, las obras continúan, según observamos a través de estas imágenes captadas el 27-12-2011 ese mismo dia en el espacio protegido y Suelo No Urbanizable. Imágenes  C.A.E.
Un mes después del Decreto de Incoación que implicaba la paralización de la actividad, las obras continúan, según observamos a través de estas imágenes captadas el 27-12-2011 ese mismo dia en el espacio protegido y Suelo No Urbanizable. Imágenes  C.A.E.

Un mes después del Decreto de Incoación que implicaba la paralización de la actividad, las obras continúan, según se puede observar a través de estas imágenes captadas el 27-12-2011. Fotos C.A.E.

 

Las actuaciones llevadas a cabo en las actuales circunstancias, implicarían supuestos penales, así lo podemos determinar según las imágenes adjuntas:

Perímetro en el que se determina las afecciones al espacio protegido. PINCHA PARA VER CON DETALLE Perímetro en el que se determina las afecciones al espacio protegido. PINCHA PARA VER CON DETALLE

En el plano superior se aprecia en color rojo el perímetro del Plan Parcial Finca del Pleva, aprobado provisionalmente mediante Acuerdo Plenario de fecha 31-1-2006, que nunca lo fue definitivamente por la Conselleria, motivado por el INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DEL MEDIO NATURAL DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2007.

 

 

VEAMOS LOS RESPONSABLES POR ACCIÓN U OMISIÓN DE ESTOS SUPUESTOS DELITOS URBANÍSTICOS...

 

 

CONSIDERANDO LO SIGUIENTE:

 

Clasificación del Suelo:

Suelo No Urbanizable Común, y Suelo Urbanizable No Programado.

Espacio Protegido:

Zona de Amortiguación de Impactos del Parque Natural del Marjal Pego-Oliva.

 Perímetro de Protección de la Zona Húmeda denominada Desembocadura y Frente Litoral del Riu Racons.

Área de distribución de Valencia hispanica, una especie endémica considerada por la Unión Europea como "EN PELIGRO DE EXTICIÓN"

Ámbito del Programa de Actuación Integrada "FINCA DEL PLEVÀ".

El Promotor D. CARLOS BORHO LÁZARO, como representante de CENTRO ECUESTRE OLIVA NOVA S.R.L.

El Constructor D. JOSÉ LUÍS PASCUAL GARCÍA DEL REAL, como representante de CONSTRUCCIONES HISPANO GERMANAS.

Ambos desoyen el Decreto de Incoación de obras sin ajustarse a licencia Nº 4468/11 que incluye el Expte. Restauración Legalidad Urbanística Nº 000076/2011-ERU del Teniente Alcalde Delegado de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Oliva.

La notificación del Decreto de Incoación tuvo su confirmación a las mercantiles en fecha 20-12-2011, así pues disponían hasta el 27-12-2011 para la retirada de maquinaria y materiales.

 

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OLIVA

El Teniente Alcalde Delegado de Disciplina Urbanística en el Ayuntamiento de Oliva: JUAN FRANCISCO PI APARICI. Foto C.A.E.

Juan Francisco PI APARICI

Teniente Alcalde Delegado de Disciplina Urbanística en el Ayuntamiento de Oliva.
Delegado de Hacienda y Bienes Municipales.
Delegado de Ordenación del Territorio.
Delegado de Cultura, Museos y Patrimonio Histórico.
(Recientemente dimitido con posterioridad a estas denuncias)

 

 

Este sujeto firma el Decreto de Incoación en fecha 25-11-2011, pero no realiza las notificaciones a las empresas constructora y promotora para hacer efectiva la paralización de las obras totalmente ilegales.

El teniente Alcalde Juan Francisco PI APARICI, tiene la suficiente potestad para desplazar a un agente de la autoridad local a pié de obra y hacer efectiva esa notificación, pero no lo hace, mostrando con esa actitud una clara connivencia entre ese Ayto. y las mercantiles: Construcciones Hispanos Germanas S.A, y  Centro Ecuestre Oliva Nova S.R.L.

Es esta asociación (Centre d'Aqüicultura Experimental) la que hace efectiva las notificaciones a través de Fax confirmado en fecha 20-12-2011, con copia al Ayuntamiento.

Una vez notificadas las mercantiles (y sabedora el Ayuntamiento), disponen hasta el dia 27-12-2011 para la retirada de los materiales y maquinaria de construcción; de no hacerlo, el Ayuntamiento debe proceder a retirarlos o precintarlos a costa de los infractores.

Superado este plazo sin haber procedido a la retirada de la maquinaria, las mercantiles incurren en delito penal por desobediencia a la autoridad, pero el responsable de Disciplina Urbanística en el Ayuntamiento de Oliva, Juan Francisco PI APARICI frente a esa desobediencia, no actúa y no los remite al Ministerio Fiscal como corresponde, y tampoco precinta el lugar donde se ejecutan las obras, incumpliendo sus obligaciones al no ordenar la retirada de la maquinaria y permitir que las obras continúen ejecutándose sin amparo legal, es decir sin licencia, en contra del Decreto de la Alcaldía y sin autorización de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente como es preceptivo.

Es así como se implica el Teniente Alcalde Juan Francisco PI APARICI, en un flagante delito penal por prevaricación omisiva al no paralizar unas obras de las que tiene conocimiento que se realizan en Suelo No Urbanizable, sin las pertinentes autorizaciones administrativas y autorizar el aumento de la altura del suelo separándolo del nivel freático por depósito de tierras foráneas, la impermeabilización de este suelo protegido con un producto derivado del refino del petróleo o del tratamiento pirolítico del carbón, considerado residuo peligroso de conformidad con la Directiva 91/689/CEE, y por ello  incluido en el Catálogo Europeo de Resíduos (CER), , y realización de estructuras metálicas para boxes fijos sobre hormigonado en un espacio considerable.

 

El Técnico de Administración General de Urbanismo (TAG) en el Ayuntamiento de Oliva: ANTONIO MANSANET MORANT

Antonio MANSANET MORANT

Técnico Administración General Urbanismo (TAG) y Secretario Accidental en el Ayuntamiento de Oliva

Antonio Mansanet sabe que para conceder licencia en suelo no urbanizable común, es obligatorio disponer de la Declaración de Interés Comunitario (DIC) otorgada por la Consellería de Infraestructuras y Medio Ambiente, de las que las mercantiles no disponen.

Conoce perfectamente que los terrenos que comprenden el  Paraje de la Finca del Plevà, se encuentran dentro de la Zona de Amortiguación de Impactos recogida en el art. 86 del Régimen Protección del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural del Marjal Pego-Oliva, aprobado por Decreto de 280/2004 (DOGV 4910 24-12-2004), lo que obliga a una Declaración de Impacto Ambiental previo a la licencia de obras.

Tampoco ignora que los terrenos en los que autorizan las obras se encuentran dentro del perímetro de 500 metros de afección de la Zona Húmeda Catalogada nº 22 como Desembocadura y Frente Litoral del Riu Racons, un espacio considerado por la Ley 11/1994 de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, caracterizado por la presencia de fauna y flora endémica amenazada.

Sabe perfectamente que el Plan Parcial  la Finca del Plevà  (en el que se pretende reclasificación a suelo urbanizable), aprobado provisionalmente mediante acuerdo plenario de fecha 31 de enero de 2006, no ha pasado los filtros de la Consellería de Medio Ambiente, por lo que ha fecha de hoy se deben considerar los terrenos No Urbanizables. Además de las restricciones que impone las normativas medioambientales protectoras del Marjal Pego-Oliva y el Ríu Racons, entre otras. 

Con toda la desfachatez y prepotencia que se permite, se "pasa" por alto un documento clave en la paralización del Plan Parcial que se pretende, el INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DEL MEDIO NATURAL DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2007. y otro informe de la directora general de Gestión del Medio Natural, Mª. Ángeles Centeno Centeno de 18 de octubre de 2010 como: Documento de Referencia del Plan General Ayuntamiento de Oliva, Expediente: 146/2009- EAE.

 

Infraestructura sobre base de cemento en fecha 29-12-2011 Infraestructura sobre base de cemento en fecha 29-12-2011
Asfaltado de la superficie con un residuo peligroso y prohibido en espacios protegidos por considerarse de seis dígitos en el Código CER Infraestructura sobre base de cemento en fecha 29-12-2011
A fecha de 29-12-2011 todavía continúan las transformaciones del terreno. Foto C.A.E. Asfaltado de la superficie con un residuo peligroso y prohibido en espacios protegidos por considerarse de seis dígitos en el Código CER. Foto C.A.E.
En fecha 29-12-2011 y pese a la orden de paralización continúan depositándose materiales. Foto C.A.E. A fecha de 29-12-2011 todavía continúan las transformaciones del terreno. Foto C.A.E.
Ante la pasividad de la Consellería en actuar frente a la inactividad del Ayuntamiento ya denunciada, es la propia asociación C.A.E. quien solicita la presencia del Agente Medioambiental para que inicie la correspondiente Acta y verifique la veracidad de lo que se denuncia, ya que las obras y transformación del terreno continúa el 29-12-2011, después del Decreto de paralización. Imagenes C.A.E..
Inspección por parte del Agente Medioambiental al ser afectados espacios protegidos. Foto C.A.E. Inspección por parte del Agente Medioambiental al ser afectados espacios protegidos. Foto C.A.E.
Un miembro del CAE informando al Agente sobre las actuaciones negativas para el espacio protegido que se llevan a cabo con las obras ilegales.  Fotos C.A.E..

 

Excmo. Ayuntamiento de Oliva. Foto C.A.E.

Excmo. Ayuntamiento de Oliva. Foto C.A.E.

 

 

¿Coincidencia política?

PARECE SER QUE SÍ pero...

 

Alberto FABRA PART Presidente de la Generalitat Valenciana. Foto: C.A.E Isabel BONIG TRIGUEROS Consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana Foto institucional. Foto: C.A.E. Maria Consuelo Escrivá Herráiz, Alcaldesa de Oliva. Foto: C.A.E.

Alberto FABRA PART, Presidente de la Generalitat Valenciana. Foto: C.A.E.

Isabel BONIG TRIGUEROS. Consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana. Foto Institucional

Maria Consuelo ESCRIVÁ HERRÁIZ, Alcaldesa de Oliva. Foto: C.A.E.

 

¿Como debemos considerar unas actuaciones tan lamentables por acción u omisión de estos personajes derivado del oportunismo político?

Que una administración autonómica, cuya función corresponde velar por la protección del medio natural amenazado, no actúe correctamente ante las agresiones que se denuncian, pudiendo evitar una ilegalidad urbanística al consentir o permitir transformaciones de espacios protegidos (Área zonificación Parque Natural de Pego-Oliva), y que otra administración local como el Ayuntamiento de Oliva, actúe con prepotencia y chulería al otorgar licencias para infraestructuras urbanísticas totalmente ilegales por concederlas en Suelo No Urbanizable, dan que pensar si las dos administraciones que se arropan bajo el mismo paraguas (), funcionan en connivencia  por complicidad ya que ambas siguen desoyendo las denuncias que se les presentan.

Lamentable actuación de Esther PASTOR TOMÁS (persona de confianza que Fabra ha recuperado del Ayuntamiento de Castelló para que le lleve la agenda) como Directora General de Organización del Gabinete del Presidente de la Generalitat, que en fecha 24 de noviembre de 2011, traslada a la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, escritos nuestros de denuncia dirigidos al presidente Alberto FABRA PART, relacionados con los expedientes ya en trámite 350/2006 y 195/2006-AIA y se desentiende de su seguimiento, al menos así nos consta, ya que a pesar de ese traslado al órgano medioambiental y urbanístico de la Generalitat Valenciana como indica, no se inicia un procedimiento administrativo que lleve a la paralización cautelar tras las denuncias, en tanto se determine su supuesta legalidad, al menos hasta el 8 de febrero de 2012, fecha en la que todavía continúan las obras, considerando que las mismas, por las circunstancias, podrían ser constitutivas de delito, así pues, la aparente ignorancia de Esther PASTOR ante el proceso administrativo del que debería haber realizado un seguimiento de su viabilidad y notificarnos las actuaciones como recoge la normativa vigente sobre la participación pública, no le exime de la responsabilidad que le incumbe por el cargo que ocupa en el Gabinete, así mismo los responsables de los Servicios Territoriales de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, en la fecha que se cita NO NOS CONSTA QUE HAYAN ACTUADO en el mismo sentido, puesto que las obras continúan con mayor celeridad sin las autorizaciones y licencias que permiten estas actuaciones en Suelo No Urbanizable y espacio protegido. Lamentable..

 
Imágenes realizadas el 10 de enero de 2012 con los obreros trabajando a pesar del Decreto de paralización. Foto C.A.E. Imágenes realizadas el 10 de enero de 2012 con los obreros trabajando a pesar del Decreto de paralización. Foto C.A.E.
Imágenes realizadas el 10 de enero de 2012 con los obreros trabajando a pesar del Decreto de paralización. Foto C.A.E. Imágenes realizadas el 10 de enero de 2012 con los obreros trabajando a pesar del Decreto de paralización. Foto C.A.E.
Imágenes realizadas el 10 de enero de 2012 con los obreros trabajando a pesar del Decreto de paralización. Foto C.A.E. Imágenes realizadas el 10 de enero de 2012 con los obreros trabajando a pesar del Decreto de paralización. Foto C.A.E.
Las imágenes han sido realizadas el 10 de enero de 2012 con los obreros trabajando a pesar de conocerse el Decreto de paralización. Fotos C.A.E.

 

Qué es lo que se publica el 13 de enero de 2012 en los medios digitales:

Nada menos que una maqueta del proyecto ya finalizado de lo que corresponde a una obra totalmente ilegal por no cumplir con la normativa vigente, que se podía ver en la página actualmente desactivada:

 

Hay inconscientes por atrevidos.

Pero a la vista de los hechos, los hay.

Haberlos...ailos.

MAL LO TIENEN LOS PROMOTORES

Una obra difícil de legalizar por las infraestructuras urbanísticas en Suelo No Urbanizable sin haber obtenido la Declaración de Interés Comunitario; por la transformación de un espacio protegido que resulta estar incluido dentro de la zonificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del marjal de Pego-Oliva, es decir, protegido, y por la afección al perímetro del Ríu Racons incluido en el Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana

 

¿CARENCIA DE RESPONSABILIDAD EN INSTITUCIONES VALENCIANAS?

Por la inconsciente actuación de los promotores, junto a la connivencia del Ayuntamiento y la supuesta inactividad del órgano competente en Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana que ha permitido la alteración de un espacio protegido, se plantea llevar a los responsables ante los órganos jurisdiccionales, si consideramos que la transformación del suelo protegido podría ser irreversible por el costo que supondría la restitución de la legalidad urbanística, una cuestión tan fácil de evitar como una simple actividad del organismo garante de los espacios, sistemas medioambientales y urbanísticos de la Generalitat Valenciana cuando ya tuvieron conocimiento en noviembre de 2011 a través de las varias denuncias que se formularon (C.A.E., Guardia Civil, SEPRONA, Policía Local...) Muy lamentable.

 

 

 

PRESENTACIÓN del MET 2012 el 17 de enero de 2012 en la Federación Hípica Valenciana:

 

A pesar de conocer todas las ilegalidades y supuestos delictivos que rodean las obras del Centro Hípico Oliva Nova, por realizarse sin las pertinentes licencias y permisos que debe otorgar el organismo competente en urbanismo y medioambiente, en la RFVH se reúnen los implicados para festejar la presentación de esta barbarie urbanística.

Políticos, administradores, alcaldes y otros cargos con responsabilidades en la administración valenciana se hacen eco de esta presentación como si de delincuentes se tratara, al menos conocedores son de las irregularidades consentidas en este proyecto totalmente ilegal. Unos sujetos y administradores públicos irresponsables que no se libran de figurar en estas páginas por "pringarse" como colaboradores o simpatizantes de varias infracciones de normas urbanísticas y medioambientales establecidas.

 

Conozcamos a los simpatizantes de estas ilegalidades:

Alcaldesa de Oliva: Mª Consuelo Escrivá Herraiz, Diputado provincial de Turismo: Isidro Prieto, Director General Deportes de la Comunidad Valenciana: Mateo Castellá, Vicepresidente de la Real Federación Hípica Española: Jaime de Rivera,

DE IZQUIERDA A DERECHA:                                                                                       Foto:C.A.E.

Alcaldesa de Oliva: Mª Consuelo Escrivá Herraiz.
Diputado provincial de Turismo: Isidro Prieto.
Director General Deportes de la Comunidad Valenciana: Mateo Castellá.
Vicepresidente de la Federación Hípica Española: Jaime de Rivera.
Presidente de la Federación Hípica Española: Javier Revuelta.
Presidente de la Federación Hípica de la Comunidad Valenciana: José Luis Martínez:
El jinete Juan Antonio de Wit:.

Director de Mediterranean Equestrian Tour: Alejandro Barreras, Alcaldesa de Oliva: Mª Consuelo Escrivá Herraiz, Director General de CHG: Fernando Ligues, Juan Antonio de Wit:. Jinete, Presidente de la Real Federación Hípica Valenciana: José Luis Martínez, Vicepresidente de la Real Federación Hípica Española: Jaime de Rivera, Presidente de la Real Federación Hípica Española: Javier Revuelta, Secretario autonómico de Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana: Rafael Ripoll, Director General Deportes de la Comunidad Valenciana: Mateo Castellá.

DE IZQUIERDA A DERECHA:                                                                                              Foto:C.A.E.

Director de Mediterranean Equestrian Tour: Alejandro Barreras García-Reboredo.
Alcaldesa de Oliva: Mª Consuelo Escrivá Herraiz.
Director General de CHG: Fernando Ligues.
El jinete Juan Antonio de Wit:.
Presidente de la Federación Hípica de la Comunidad Valenciana: José Luis Martínez.
Vicepresidente de la Federación Hípica Española: Jaime de Rivera.
Presidente de la Federación Hípica Española: Javier Revuelta.
Secretario autonómico de Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana: Rafael Ripoll.
Director General Deportes de la Comunidad Valenciana: Mateo Castellá

Concejal de juventud, deportes y participación ciudadana de Oliva: Salvador Escrivá Tormo, Concejal de Turismo, Industria, Comercio, Consumo y Mercados de Oliva: Vicente Morera Romaguera, Director de Mediterranean Equestrian Tour: Alejandro Barreras, Alcaldesa de Oliva: Mª Consuelo Escrivá Herraiz, Diputado Provincial de Turismo: Isidro Prieto, Presidente de la R.F.H.E.: Javier Revuelta, Director General Grupo CHG: Fernando Ligues.

DE IZQUIERDA A DERECHA:                                                                                                 Foto:C.A.E.

Concejal de Juventud, Deportes y Participación Ciudadana de Oliva: Salvador Escrivá Tormo.
Concejal de Turismo, Industria, Comercio, Consumo y Mercados de Oliva: Vicente Morera Romaguera.
Director del Mediterranean Equestrian Tour: Alejandro Barreras García-Reboredo
Alcaldesa de Oliva: Mª Consuelo Escrivá Herraiz.
Diputado Provincial de Turismo: Isidro Prieto.
Presidente de la Federación Hípica Española: Javier Revuelta.
Director General Grupo CHG: Fernando Ligues.

 

Teresa Fontán en la presentación de la MET 2012

Teresa Fontán esposa de Alejandro Barreras y una de las artífices de este evento en una expresión típica de quien conoce la ilegalidad de lo que se promociona en la presentación del MET 2012.

 

32 Feria Internacional de Turismo

(Fitur)

 

La primer edil del Ayuntamiento de Oliva...
¿Hace uso de la mentira?
 
La alcaldesa de Oliva, Chelo Escrivà, junto al concejal de Turismo, Vicente Morera en FITUR

La alcaldesa de Oliva, Chelo Escrivà, junto al concejal de Turismo, Vicente Morera en FITUR. (imagen de Josep Camacho, aparecida en http://www.saforguia.com el 19/01/2012)
 

PRESENTACIÓN del MET 2012 en FITUR:

Unas declaraciones de Mª Consuelo Escrivá Herraiz, alcaldesa de Oliva, ponen en evidencia su falta de seriedad, responsabilidad, y transparencia en sus actos al indicar que:

"El torneo hípico de Oliva ya cuenta con TODOS LOS PERMISOS para el acondicionamiento de las pistas" 

Promocionando el MET en FITUR 2012

Promocionando el MET en FITUR 2012. Foto "Las Provincias"

De izquierda a Derecha:
 Luis Borho, director comercial del grupo CHG.
Álvaro Muñoz Escassi, jinete.
Mª Consuelo Escrivá Herraiz, alcaldesa de Oliva.
Isidro Prieto, diputado provincial de Turismo.
Alejandro Barreras, director de Mediterranean Equestrian Tour

 

Promoción del futuro Centro Ecuestre Oliva Nova en FITUR en el Stand de la Diputación de Valencia
Promoción del futuro Centro Ecuestre Oliva Nova en FITUR en el Stand de la Diputación de Valencia. Foto C.A.E.

 

Transmite a la opinión pública información falsa no contrastada con la que maneja la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, posicionándose en una situación de mentira y falsedad en sus comunicados al no ajustarse en sus declaraciones a la verdad, ya que a fecha de hoy 31 de enero, TODAVÍA NO SE CONOCEN LAS AUTORIZACIONES DEL ORGANISMO COMPETENTE EN URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE, unas autorizaciones vinculantes sin las cuales todo el proyecto de hípica resulta en situación de ILEGALIDAD al ubicarse en espacio protegido y en Suelo No Urbanizable.

 

El Borbón Felipe V

 y el presidente de la Diputación de Valencia:

 Alfonso RUS

Felipe V. Foto C.A.E. Alfonso Rus Terol. Foto C.A.E.
Felipe V
 El borbón boca abajo en el Museo de l'Almudí, en Xátiva. Foto C.A.E.
Alfonso Rus Terol
-Alcalde de Xátiva,
-Presidente de la Diputación de Valencia,
-Presidente del Consorcio de las Comarcas Centrales de la Comunidad Valenciana,
-Presidente de la Mancomunidad La Costera-Canal,
-Presidente provincial del PP, y
-Diputado en Las Cortes Valencianas.
Seguirá COLGADO BOCA ABAJO en esta web. Foto C.A.E.

A ESTE PERSONAJE POLÍTICO, MUY PELIGROSO PARA EL PATRIMONIO DE LOS VALENCIANOS, LO COLGAMOS BOCA ABAJO COMO HICIERON CON MUCHO ACIERTO LOS SETABENSES CON EL RETRATO DE FELIPE V

Por considerarlo entre los mayores detractores por deterioro de una gran parte del patrimonio valenciano y cómplice además de actividades supuestamente ilegales.

Este "socarrat", alcalde de Xátiva y presidente de la Diputación de Valencia, lo colocamos colgado boca abajo como el retrato del Borbón Felipe V en el Museo de l'Almudí, en Xátiva (les quemó la ciudad en 1707), por ser partícipe en la feria FITUR 2012 de Madrid, del proyecto de Centro Ecuestre Oliva Nova, aún conociendo su ilegalidad, y por su poca sensibilidad medioambiental.

 

Rus es responsable directo de proyectos nada ortodoxos cuando en la ejecución de los mismos (ampliación de viales, asfaltados de vías pecuarias, transformaciones de suelo forestal...) afecta a espacios protegidos con consecuencias negativas de efectos irreversibles —aún conociendo, por ser informado, de la ilegalidad de muchas de sus actuaciones— vulnerando los preceptos que recogen la normativa forestal o los que determina la ley de vías pecuarias sin disponer de las preceptivas resoluciones del órgano competente en medio ambiente, así como las dificultades y obstáculos en los accesos a expedientes en poder de la Diputación de Valencia que impide a los ciudadanos el libre acceso a información pública.

 

¿Ignorantes o van de espabilados?

Lo segundo... Lo segundo...

Un ¡Viva la Pepa! sin precedentes...

¿Pues no saben que los proyectos urbanos sobre Suelo No Urbanizable requieren de la aprobación de una Declaración de Interés Comunitario que no disponen?

¿Ignoran, a caso, que las obras de la hípica se realizan sobre espacio protegido sin autorización del organismo correspondiente?

¿Tan difícil sería localizar otra ubicación más acorde con el evento que se pretende sin afecciones a espacios protegidos y en suelo urbanizable?

La primera denuncia en la Guardia Civil de Oliva se formuló el día 5 de noviembre de 2011, ahora nos encontramos en 27 de enero de 2012 y las obras continúan con mayor ritmo.

Si intentas construir en suelo no urbanizable sin las autorizaciones pertinentes... te juegas una sanción y restauración del espacio transformado. Pues a éstos los han "pillado", "denunciado" y puestos en conocimiento de la autoridad competente y por su inactividad, ante el mismo presidente del Gobierno Valenciano (Alberto FABRA) y todavía estamos esperando la resolución que determine la legalidad, o no, de lo que se denunció allá por el dia 5 de noviembre pasado con conocimiento de delito urbanístico (hace mas de tres meses).

 
20 de enero de 2012

El 20 de enero de 2012 se impide por un operario el acceso a un Agente de la Conselleria que intentaba recabar información a los promotores para verificar la legalidad de lo que se denunciaba: Actividad urbanística en suelo calificado como No Urbanizable y afección a espacio protegido. No pudo realizar la inspección. Foto C.A.E.

 

Imagenes realizada el 25 de enero de 2012 sobre el espacio que corresponde a Suelo No Urbanizable. Foto C.A.E Imagen realizada el 25 de enero de 2012 sobre el espacio que corresponde a Suelo No Urbanizable. Foto C.A.E

Imágenes realizadas el 25 de enero de 2012 sobre el espacio que corresponde a Suelo No Urbanizable. Foto C.A.E.

MET 2012

Las imágenes que se publican con toda desfachatez en la web de la MET 2012 sobre el proceso de transformación del espacio protegido, evidencian una actividad que precisa de resolución administrativa del órgano competente en urbanismo y medio ambiente de la que no se dispone, lo que la convierte en una situación de ilegalidad.

24 de octubre de 2011

10 de noviembre de 2011

15 de enero de 2012

 24 de octubre de 2011 Foto de la MET 2012.

10 de noviembre de 2011 Foto de la MET 2012.

15 de enero de 2012 Foto de la MET 2012.

 

Lo transformado de cubierta vegetal en el espacio protegido el 1 de febrero de 2012

1 de febrero de 2012. Foto C.A.E.

1 de febrero de 2012. Foto C.A.E.

 

1 de febrero de 2012. Foto C.A.E.

1 de febrero de 2012. Foto C.A.E.

 

1 de febrero de 2012. Foto C.A.E.

1 de febrero de 2012. Foto C.A.E.

 

Ante la lentitud en actuar frente a las agresiones medioambientales ¿Qué podemos pensar de los funcionarios de Urbanismo y Medioambiente, los técnicos de Biodiversidad o los de Parques Naturales de la Generalitat Valenciana? Todos conocedores de las ilegalidades que se denuncian con fundamentos jurídicos y responsables de garantizar la protección en espacio protegido...

 

¿Qué es de todos estos sumisos ante el abuso?

¿TODOS SUMISOS?

Tal vez les haya entrado el pánico a los técnicos y demás funcionarios conocedores del conflicto y hayan preferido "MIRAR" hacia otro lado menos conflictivo ignorando o ralentizando los procedimientos que se deben iniciar por las denuncias presentadas y continuar con la marcada SUMISIÓN al político de turno. ¿O acaso prefieren ignorar esta supuesta connivencia entre dos políticos saludándose frente al Stand de la Hípica Oliva Nova en FITUR?.

 

¡CUIDADO!

Ya se plantean bien su postura de cumplir con celo su obligación no vayan a resultar, por esa falta de sumisión, "desplazados" a un reducido despacho de un rincón de la Consellería, bien lejos de sus "seres queridos", allá por Orihuela.

 
Alberto FABRA PART, Presidente de la Generalitat Valenciana y Maria Consuelo ESCRIVÁ HERRÁIZ, Alcaldesa de Oliva en el Stand de la Hípica de Oliva en FITUR 2012 de Madrid. Foto C.A.E.

Lamentable imagen la que ofrecen Alberto FABRA PART, presidente de la Generalitat Valenciana y Maria Consuelo ESCRIVÁ HERRÁIZ, alcaldesa del Ayuntamiento de Oliva, festejando el Stand de la Hípica de Oliva en FITUR 2012 de Madrid. Foto C.A.E.

 

Que el Sr. Fabra (Presidente de la Generalitat Valenciana) le pase la pelota a Isabel BONIG (Consellera de urbanismo y medio ambiente), ésta a una Dirección General, que a la vez deriva su responsabilidad a una inspección de la que a fecha de 27 de enero de 2012 (83 dias después de iniciada la primera denuncia en la Guardia Civil) no se conocen aún los resultados, denotan intereses ocultos, pues aún no comprendemos donde radica la dificultad para ordenar una paralización cautelar de lo que se denuncia en tanto se determine su tan "aireada legalidad", así pues, cabe pensar en una connivencia entre la administración valenciana y la promotora urbanística cuando ésta acelera la finalización de las obras sin obstáculos legales que la obliguen a esa paralización, al menos, hasta que se determine la legalidad de lo que se denuncia.

Solo queda que cuando resuelvan esté ya terminada la obra... Y entonces a ver quien y como se restituye el mal realizado...

 

La  finca del Pleva en una imagen anterior a la transformación

La imagen de la derecha es la que figura en la web de la MET figurando la distribución de las futuras instalaciones del Centro Ecuestre Oliva Nova

Aspecto el 7-11-2011 durante la transformación de la cubierta vegetal para el evento ecuestre. Foto propiedad CAE

La  finca del Pleva en una imagen anterior a la transformación (superior izquierda).
Aspecto el 7-11-2011 durante la transformación de la cubierta vegetal para el evento ecuestre (inferior izquierda).
La imagen de la derecha es la que aparece en la web de la MET figurando la distribución de las futuras instalaciones del Centro Ecuestre Oliva Nova.

2 de Febrero de 2012

DIMITE ESTE POLÍTICO OPORTUNISTA

EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OLIVA

El Teniente Alcalde Delegado de Disciplina Urbanística en el Ayuntamiento de Oliva: JUAN FRANCISCO PI APARICI. Foto C.A.E.
Juan Francisco PI APARICI
Teniente Alcalde en el Ayuntamiento de Oliva Delegado de Hacienda y Bienes Municipales.
Delegado de Ordenación del Territorio.

Delegado de Cultura, Museos y Patrimonio Histórico.

¿Y las responsabilidades políticas y administrativas que requieren su nefasta gestión urbanística en la Pleva, que vulnera normas legales con supuestos delictivos?

¿Pretende irse de "rositas"?

14 de Febrero de 2012

Inauguración de la Ruta Hípica de Invierno de Salto de Obstáculos en el MET 2012, en Oliva, con escasa afluencia de público.

La belleza de los saltos en la MET 2012 se vio deslumbrada por  la cantidad de irregularidades urbanísticas y medioambientales, así como la escasa afluencia de público el día de su inauguración. Foto C.A.E.

 

Se inauguró el MET 2012 sin apenas afluencia de público como se observa en esta instantánea realizada pasadas las 11 de la mañana del día 14 de febrero. Foto C.A.E.

 

La organización no estuvo a la altura de la belleza estética de los concursantes. La poca afluencia de público (se contabilizaron entre 30-40 visitantes) situa el MET de Oliva muy lejos de las espectativas que prometen los promotores como solución a la crisis del paro, una promesa no cumplida y que no justifica la ilegalidad urbanística de las instalaciones.  Foto C.A.E.

 

Impresionante la desfachatez de la alcaldesa de Oliva, al otorgar licencias en contra de la normativa vigente.

Te has lucido... María Consuelo...

Peligrosa la actitud de esta alcaldesa al pretender ignorar el peligro que supone para las personas la línea aérea L-24 IRYDA de tensión nominal 20.000 voltios que cruza por las cabezas de los participantes y los mismos visitantes cuando se desplazan por las instalaciones.

Vulnera las disposiciones que recogen el Reglamento Técnico de Líneas eléctricas Aéreas de Alta Tensión, así que la empresa eléctrica IBERDROLA declina toda responsabilidad por el incumplimiento ante el riesgo que pudiera suponer para las personas.

 

oliva_poste_luz_14-2-2012. CAE

La línea eléctrica cruza la hípica según se observa en la imagen realizada el 14-2-2012. Foto C.A.E.

 

La línea eléctrica sobre las instalaciones en una imagen realizada el 3-3-2012

La línea eléctrica sobre las instalaciones en una imagen realizada el 3-3-2012. Foto C.A.E.

 

La alcaldesa actúa de forma muy peligrosa cuando hace caso omiso al informe de IBERDROLA de 13-1-2012 que alerta de la vulneración de las normas establecidas y del peligro que supone para las personas:

 

ADEMÁS:

GRAVES AFECCIONES AL PATRIMONIO ARBÓREO MONUMENTAL:

El poco respeto a la legislación vigente provoca en la inauguración del MET una clara violación de la normativa que regula el patrimonio arbóreo valenciano, lo que provoca, por parte de agentes de la autoridad, como se puede observar en la imagen (y con la presencia de la alcaldesa en la inauguración del evento), una supuesta desinformación de la normativa protectora de estos ejemplares de árboles protegidos, lo que no les exime de la obligación de conocerlos y de la responsabilidad de informar a la Consellería competente en materia de medio ambiente, considerando que la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental, califica como infracción muy grave arrancar o transplantar árboles protegidos, así como la tenencia de ejemplares arrancados y su comercio o transacción (como es el caso), cuya sanción por este tipo de infracciones se consideran multas de 100.001 a 500.000 euros. Foto C.A.E.

 

La prepotencia y abuso de autoridad de la Alcaldesa de Oliva, María Consuelo Escrivá Herráiz, le provocaron una "pérdida de papeles" al ordenar, cuando se "picó" ante la realización de esta instantánea en una entrevista pública del evento, que la contrata de seguridad desalojara a quienes le desagradaban (los autores de la instantánea) conllevando un altercado fuera del recinto, en zona pública de servidumbre de paso, y dominio de protección de zona húmeda, que provocó la presencia de la Guardia Civil y la pertinente denuncia por agresividad contra el jefe de la empresa de seguridad FEIX, (A.D.G.P. Nº 2041) que culminó en los juzgados de Gandía. Foto C.A.E.

El jefe de Seguridad de FEIX (sin identificación) en actitud chulesca, pues se hace llamar "el Chulo"

Febrero de 2012

SE INICIA LA CUENTA ATRÁS PARA EL ACÚMULO DE IRREGULARIDADES URBANÍSTICAS EN OLIVA, A TRAVÉS DEL

EXPEDIENTE DU-9/2012 MB

 EL SERVICIO DE RÉGIMEN JURÍDICO E INSPECCIÓN TERRITORIAL DE LA CONSELLERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE DE LA GENERALITAT VALENCIANA, SE PLANTEA LA ILEGALIDAD DE LA LICENCIA CONCEDIDA A LA MERCANTIL CENTRO ECUESTRE OLIVA NOVA

Por el incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Oliva de las obligaciones impuestas por la Ley, al otorgar una licencia a la mercantil Centro Ecuestre Oliva S.R.L. para la realización de obras e instalaciones para un "Centro Hípico para uso temporal" en la Partida de La Devesa Finca del Plevà, sin haber sido sometidas las actuaciones a la preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental por realizarse las obras en un sector totalmente incluido en el PORN del marjal de Pego-Oliva y sobre la zona húmeda del ríu Racons.

Resumen Servicio Jurídico de la Inspección Territorial

 

Unas actuaciones con movimientos de tierras de las que ha sido omitido el obligado trámite de Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que la Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, a iniciado un expediente a consecuencia de los escritos de denuncias del Centro de Acuicultura Experimental, en el que se plantea la ilegalidad del Decreto 4237/11 de 14 de noviembre de 2011, de la alcaldesa de Oliva María Consuelo Escrivá Herráiz, que concede a la mercantil Centro Ecuestre Oliva, SRL, la licencia para obras y usos provisionales para la adecuación del terreno y las instalaciones para un Centro Hípico para uso temporal, en los terrenos del ámbito del Programa "Finca del Plevà", Partida Devesa del término municipal de Oliva.

 

La notificación al Ayuntamiento se hizo efectiva el 22 de febrero de 2012 a través de la recepción del Fax emitido por los servicios de inspección de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, así pues, este dispone hasta el 22 de marzo para hacer efectivo el requerimiento.

Notificación de requerimiento de Consellería al Ayuntamiento de Oliva

Y NO SE RINDE...

La chulería y abuso de autoridad que demuestra la Alcaldesa de Oliva, María Consuelo Escrivá Herráiz, en el proceso de concesión de licencias urbanísticas ilegales a CHG (Oliva Nova) en Suelo No Urbanizable y espacio protegido, provoca que la Fiscalía inicie diligencias penales contra el Consistorio que dirige:

 

La prensa el 8 de marzo de 2012:

Levante-EMV La Safor 8-3-2012

 

La Fiscalía de Valencia abre diligencias penales contra el Ayuntamiento de Oliva

Levante-EMV versión digital 8 marzo 2012

 

La prensa el 9 de marzo de 2012:

Levante-EMV 9 de marzo de 2012

Levante-EMV 9 de marzo de 2012

12 de marzo de 2012

¡ASOMBROSO!

Se impide el acceso a datos públicos en poder de la Administración

Maritina Hernández Miñana, Consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua de la Generalitat Valenciana en la Feria Iberflora Octubre 2010. Foto: C.A.E.

Maritina Hernández Miñana, Consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua de la Generalitat Valenciana desde el 29 de junio de 2007. Foto C.A.E.

 

La connivencia entre administraciones resulta de un descaro sin precedentes.

En los Servicios Territoriales de la Consellería de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua de la Generalitat Valenciana se nos niega el 12 de marzo de 2012 el acceso a consulta a informes en poder de esa administración relacionados con datos públicos sobre la concesión de autorizaciones para el Centro Ecuestre Oliva Nova S.R.L., a pesar de ser informados que el acceso que se solicita es un derecho amparado por la Constitución, y su impedimento, por parte del funcionario, podría constituir una violación del artículo 542 del CP que señala la pena de inhabilitación especial para el cargo público que impida las garantías constitucionales:

«Incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años la autoridad o el funcionario público que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes». (Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal)

 

Maritina Hernández Miñana, responsable de la Consellería de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, en el gobierno  que preside Alberto FABRA, debería iniciar el correspondiente expediente que clarifique la negativa de acceso a datos públicos en poder de esa administración, solicitados con anterioridad de acuerdo a los preceptos legales y en consecuencia iniciar, si procede, la correcta depuración de responsabilidades al haberse impedido por la administración que representa, un derecho cívico recogido en la Constitución Española.

 

20 de marzo de 2012

 

Manuel Lainez Andrés Director General de Producción Agraria, Ganadería y Pesca de la Generalitat Valenciana

Manuel Lainez Andrés, Director General de Producción Agraria, Ganadería y Pesca de la Generalitat Valenciana

Un responsable de la Consellería de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, que omite la normativa aplicable para la autorización de una competición ecuestre solicitada por Enrique Santa Remigia Madrigal en el complejo urbanístico de Oliva Nova, sobre una licencia municipal que se concede en contra de la normativa vigente al resolverse para suelo no urbanizable sin autorización del órgano competente en urbanismo y medio ambiente, en espacio protegido dentro del área de zonificación del Parque Natural de Pego Oliva, dentro del área de distribución de una especie considerada prioritaria por la Unión Europea, el samaruc, y con afección al Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana, cuya área, además, se recoge en varias normas medioambientales de rango autonómico, nacional y europeo.

Todo un lujo en la toma de decisiones de este alto cargo de la administración de la Generalitat Valenciana, Manuel Lainez Andrés: D 55/2008 y D 76/2011) que justifica la autorización de un concurso de hípica por disponer de licencia municipal (de la que no ignora su concesión irregular por implicaciones ilegales), argumentando lo que se regula en el Decreto 77/2010 de 30 de abril del Consell, pero prescinde, en base a un criterio muy particular, de otros requisitos y obligaciones establecidos en la normativa básica estatal y autonómica aplicable que no se cumplen y que curiosamente se recogen en ese mismo decreto que desarrolla reglamentariamente las determinaciones contenidas en el artículo 80 de la Ley  6/2003,  de  4  de marzo,  de  la Generalitat,  de Ganadería de  la Comunitat Valenciana, y sin considerar la demás normativa aplicable que dificultaría o impediría la obtención de los pertinentes permisos legales para la realización del evento.

Una solicitud de autorización de un concurso hípico internacional, formulada el 1 de febrero de 2012  y que es autorizada siete días después (el día 8 de febrero) por el Director Territorial de la Consellería de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua en la provincia de Valencia, de acuerdo (según indica Lainez en su escrito) en lo dispuesto en ese mismo decreto (?) .

 

UNA CONNIVENCIA ENTRE ADMINISTRACIONES QUE SUPERA LOS LÍMITES ESTABLECIDOS...

El director general de Producción Agraria de la Generalitat Valenciana, Manuel Lainez, no puede ocultar sus intereses.

Así pues tenemos:

1.- Una autorización relámpago para un concurso hípico internacional en la que no se ha respetado el Artículo 80 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunidad Valenciana, que desarrolla el citado Decreto 77/2010, y en el que se indican otras autorizaciones legalmente exigibles que se debían haber considerado en la autorización, pero omitidas misteriosamente.

2.- Un incumplimiento en la clasificación de la explotación en los requisitos del Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.

3.- Unos plazos mínimos de comunicación establecidos con 15 días de antelación que tampoco han sido respetados:

"Artículo 80 (Ley 6/2003) . Mercados, ferias, concursos, subastas y exposiciones

1. Las concentraciones en mercados, ferias, concursos, subastas y exposiciones temporales de animales procedentes de explotaciones ganaderas y en todo caso de animales de compañía, se celebrarán bajo la responsabilidad de su promotor u organizador, que deberá contar con la asistencia, debidamente formalizada, de un servicio veterinario que garantice la sanidad y el bienestar de los animales.
2. Sin perjuicio de las autorizaciones legalmente exigibles, el promotor u organizador de la concentración deberá comunicar su celebración a la conselleria competente en materia de producción y sanidad animal con una antelación mínima de 15 días, expresando el lugar, fecha y hora de la celebración e identificando el servicio veterinario responsable del evento.
3. Dentro de los 10 días siguientes a la comunicación, la conselleria competente, por razones sanitarias, podrá prohibir la celebración de la concentración o condicionarla a la adopción de determinadas medidas.
4. El Gobierno Valenciano desarrollará reglamentariamente las determinaciones de este artículo."

Una lamentable falta de respeto a las normas establecidas y escasez de sensibilidad medioambiental del director territorial de la Consellería de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, Miguel A. Casanova Mendoza. Un responsable directo de aplicar el respeto por el medio ambiente que no lo hace, así pues le ha importado poco  emitir una autorización para la realización del evento MET 2012 en contra de los fines que recoge la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, que indica la necesidad de respetar al medio ambiente y el entorno natural en actuaciones como las de este centro para la concentración de animales destinado a concurso hípico, en donde, entre otras irregularidades, se ha impermeabilizado el espacio de la zona húmeda catalogada del Riu Racons con un producto tóxico y peligroso considerado en la Lista Europea de Residuos.

 

UNA DILACIÓN EN EL TIEMPO QUE DETERMINA EL ESCASO TALANTE PROTECTOR DEL MEDIO AMBIENTE EN ALTOS CARGOS DE LA GENERALITAT VALENCIANA

Aunque en todo el proceso se puede apreciar una cierta inactividad por parte de la administración, la simple remisión de escritos entre presidencia de la Generalitat y los correspondientes servicios de Medio Ambiente y Agricultura, les podría eximir de una responsabilidad "grave" por omisión del deber al argumentar cierta actividad (los "carteos"), pero lo que no se puede ocultar por su evidencia, es la existencia de una dilación en el tiempo en la adopción de medidas pertinentes para la protección del medio ambiente, cuestión que a principios de abril (seis meses después de iniciadas las obras) aún no se han hecho efectivas, y eso sí que podría derivar en actuación grave por parte de la administración, como en anteriores casos, tristemente conocidos cuyos efectos para el ecosistema resultaron irreversibles*

*Aterramiento del marjal de Albuixech cuya irresponsabilidad de la Consellería de Medio Ambiente por connivencia con la compañía del monopolio de petróleos (CAMPSA) derivó en la desaparición de esta zona húmeda que albergaba una rica biodiversidad y la mayor población conocida del samaruc considerado en peligro de extinción.

 

¿Y la publicidad manipulada en las estadísticas que se manejan para el MET?

Los puestos de trabajo local que generaría el evento de la hípica, según el proyecto presentado en el Ayuntamiento, no se han cumplido en lo mas mínimo. Los propietarios de los caballos disponían de sus propios mozos que se encargaban del mantenimiento de los mismos y los promotores del proyecto lo sabían, así que mintieron cuando facilitaron los datos al ayuntamiento para que se les legalizara el negocio, y el Ayuntamiento no "cayó" por incauto, sino por connivencia.

La publicidad sobre el público asistente a las instalaciones del Centro Hípico Oliva Nova donde tenía lugar la MET, resultó estar manipulada, pues en la inauguración del evento apenas se podían contar medio centenar de personas, como así se referencia en las fotografías que se realizaron ese mismo dia que reflejaban el manejo de la noticia facilitada por los promotores a los medios que publicaban la asistencia de 25.000 personas.

 

14 de febrero de 2012

Inauguración del Mediterranean Equestrian Tour

LA AFLUENCIA A LA MET SUPERÓ LOS 25.000 VISITANTES (?)

Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E. Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E.
Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E. Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E.
Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E. Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E.
Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E. Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E.
Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E. Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E.

Las imágenes no pueden ser mas explícitas. Se tomaron durante la competición el mismo dia de la inauguración, entre las 11 y las 13 horas así pues, o el público y los caballos que no aparecen en escena estarían durmiendo o escondidos, o es verdad que ante la poca afluencia de público tuvieron que inflar las cifras de  visitantes. Fotos C.A.E.

Mediterranean Equestrian Tour el 14 de febrero de 2012. FOTOS C.A.E.

Y en esta competición internacional tampoco se vislumbraba interés por el público local, nada mas ver la ausencia del mismo en las viviendas colindantes según en esta imagen realizada a las 11,55 horas del mismo día que se inauguró la competición. Foto C.A.E.

 

La que han liado Carlos BORHO LÁZARO y Alejandro BARRERAS GARCÍA-REBOREDO por no acatar unas normas establecidas que TODO ciudadano debe cumplir.

Ahora resulta que tenemos unos promotores para el evento MET en el Centro Ecuestre de Oliva Nova que supuestamente resultan ser:

  • Infractores de la legalidad urbanística, pues construyen un proyecto urbanístico en suelo no urbanizable sin disponer de los pertinentes informes de EIA y el de la DIC correspondiente.

  • Detractores del medio natural, al cubrir con un producto tóxico (brea asfáltica) un espacio protegido incluido en el Catálogo Valenciano de Zonas Húmedas y dentro del área de zonificación del Parque Natural de Pego-Oliva.

  • Manipuladores de las cifras en la creación de empleo, por cuanto los contratos que aseguraban resultaron no ser ciertos, o al menos no coincidentes con los datos ofertados al Ayuntamiento para recabar los permisos.

  • Manipuladores del número de visitantes-no concursantes al inflar la cifra hasta los 25.000 (según la información dada a los medios) cuando el día de la inauguración apenas se contabilizaban el medio centenar de visitantes.

 

La asistencia de mas de 25000 personas salió en la prensa según publicaba "noticiascomunitat.es"

Se publicaba en "noticiascomunitat.es" la asistencia de mas de 25.000 personas

 

¿UNA CONNIVENCIA QUE ROZA LA IRRESPONSABILIDAD POR OPORTUNISTA?

Una "gracia" de unos atrevidos promotores de la que seguramente solo tiene cabida la risa de Carlos BORHO y Alejandro BARRERAS cuando se "consideran" protegidos por superioridades valencianas entre los que destacamos, por la autoridad que les compete, a funcionarios adscritos al Servicio Territorial de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, cuando se implican en actuaciones irregulares por supuesta dejación de funciones, y otros, pertenecientes a la Consellería de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, a través de sus Servicios Territoriales y Dirección General, al permitir actividades no aptas en espacio protegido o al vulnerar, con pleno conocimiento de causa, derechos fundamentales del ciudadano cuando niegan los accesos a información pública, y lo mas grave, por un "quita allá" desde el mismo Gabinete del Presidente del Gobierno, Alberto FABRA PART, cuando pretenden eludir sus responsabilidades ante las denuncias por el evento ilegal que se le plantean, derivando a funcionarios incompetentes o irresponsables.

 

La SERIEDAD en el buen hacer del trabajo es un don difícil de alcanzar, y mas para Carlos BORHO y Alejandro BARRERAS que parecen carecer de ella, si consideramos el "espectáculo" de infracciones urbanísticas y medioambientales para conseguir el fin que se proponen como objetivo: un concurso hípico que les genere suculentos beneficios en plena crisis, pero sin potenciar los puestos de trabajo prometidos ni traer riqueza o prosperidad a la zona, pero eso sí, vulnerando legislación europea, nacional y autonómica en materia medioambiental.

 

Abril de 2012

Verlo para creerlo...

Global Champions Tour

Ahí los tenemos otra vez... Con provocación y abuso ante los ojos de las autoridades...

El Gran Premio de España 2012

La Global Champions Tour que se publicita para los dias 4 al 6 de Mayo en Oliva

La Global Champions Tour que se publicita para los dias 4 al 6 de Mayo de 2012 en Oliva

 

11 de Abril 2012

A pesar de que no se cumplen los condicionantes de obligada observancia (que invalidarían la licencia), la máxima autoridad de Oliva, la alcaldesa María Consuelo Escrivá Herráiz, con la prepotencia que la caracteriza resuelve mediante el DECRETO 1138/12 ampliar la licencia de Actividades sin consentimiento de la Generalitat por ser en Suelo No Urbanizable y zona húmeda protegida.

 

5 de Mayo de 2012

Global Champions Tour

En Suelo No Urbanizable, en espacio protegido por ser Zona Húmeda y ahora  con un "Chulo" en seguridad.
Para complicar mas...
Así dice que se llama... "El Chulo"

 

 

Además...

 
Este espectáculo de infracciones urbanísticas y medioambientales con actividades supuestamente delictivas por la destrucción de la Alquería del Plevà, un conjunto de  vivienda rural que corresponden a elementos inventariados por la Consellería de Cultura como patrimonio etnológico de los que ha sido iniciada la declaración como Bien de Relevancia Local por parte del municipio de Oliva, resulta culminar en un evento hípico patrocinado, con gran sorpresa, por comercios que se posicionan como sensibilizados por la defensa del medio ambiente o la conservación del patrimonio cultural:
 

Entre las marcas colaboradoras de la actividad hípica que ha ocasionado este atentado medioambiental por destrucción de espacio húmedo y patrimonio etnológico, encontramos en la retransmisión del evento hípico por la televisión autonómica "nou2" a:

 
El Corte Inglés,
 Nespresso,
 Massimo Dutti,
 Coca-Cola,
Frigo,
Segura Viudas,
Longines,
Iberia,
Grup rtvv 9,
 Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM),
Banco de Sabadell...

 

EL COLMO DE LOS PROMOTORES IMPLICA A LA CASA REAL

Muy lamentable el apoyo de la Infanta Dª Elena a un acto que se realiza sin las autorizaciones pertinentes de la autoridad medioambiental de la Generalitat Valenciana, al ser transformado espacio protegido para la realización del evento en Suelo No Urbanizable y sobre terrenos que disponen de varias protecciones por localizarse dentro del ámbito de distribución de especies protegidas y en zona de influencia del PORN de Pego-Oliva, amén de atentados al patrimonio cultural que han afectado a un Bien de Relevancia Local, originado el inicio de Diligencias Previas por parte de la Fiscalía de Valencia.

 

4 de Junio de 2012

Nuevo palo a los promotores

Por la realización de un proyecto urbanístico relacionado con la hípica que afecta a Zona de Amortiguación de Impactos del Marjal Pego-Oliva (Parque Natural) y proyectado sobre Zona Húmeda Catalogada como “Desembocadura del Riu Racons”.

El juzgado requiere del SEPRONA nuevas diligencias. Levante-EMV de 15 de junio de 2012

El Juzgado Nº 3 de Gandía, dentro de las Diligencias Previas Procedimiento Abreviado Nº 4846/2011, solicita al Equipo del SEPRONA de la Comandancia de la Guardia Civil de Valencia, ampliación de atestado sobre los trabajos en la Finca del Pleva, ampliatoria a las Diligencias 4157/1 de fecha 05/11/11 de la Guardia Civil de Oliva en la que deben determinar en qué ha consistido la  construcción llevada a cabo por la entidad Centro Ecuestre Oliva SLR, las parcelas concretamente afectadas, si la citada construcción  contaba o no con licencia y si se ha excedido o no de la misma, si la construcción es autorizable o no y si la misma afecta a la Zona de Amortiguación de Impactos del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural del marjal de Pego-Oliva, y en término parecidos el juzgado requiere nuevo informe al Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Oliva en relación a la Finca el Plevá.

 

 

7 de Junio de 2012

Lamentable aspecto de abandono presentan las instalaciones a poco mas de una semana de la última competición.

Así lo observamos en estas imágenes realizadas el dia 7 de junio a este centro hípico de alto nivel en Oliva Nova.

Imagen realizada el 7 de junio de 2012 a las instalaciones de la Hípica Oliva Nova por el equipo del C.A.E. Imagen realizada el 7 de junio de 2012 a las instalaciones de la Hípica Oliva Nova por el equipo del C.A.E.
Imagen realizada el 7 de junio de 2012 a las instalaciones de la Hípica Oliva Nova por el equipo del C.A.E. Imagen realizada el 7 de junio de 2012 a las instalaciones de la Hípica Oliva Nova por el equipo del C.A.E.
Imagen realizada el 7 de junio de 2012 a las instalaciones de la Hípica Oliva Nova por el equipo del C.A.E. Imagen realizada el 7 de junio de 2012 a las instalaciones de la Hípica Oliva Nova por el equipo del C.A.E.
Imagen realizada el 7 de junio de 2012 a las instalaciones de la Hípica Oliva Nova por el equipo del C.A.E. Imagen realizada el 7 de junio de 2012 a las instalaciones de la Hípica Oliva Nova por el equipo del C.A.E.

 

13 de Julio de 2012

Por acúmulo de méritos bien merecidos...

Cesa como alcaldesa de la población de Oliva, María Consuelo Escrivá Herráiz.

NUESTRA MÁS DESEADA FELICITACIÓN POR EL CESE A QUIEN EJERCITÓ EL ABUSO DE PODER CON TANTA PREPOTENCIA Y DESCARO.

 

 

24 de Octubre de 2012

erre que erre...

¿El negocio es el negocio y lo demás son absurdos?

¿Qué decimos de las protecciones?

¿Y las administraciones competentes que no resuelven?

Da igual el color del partido político que gobierna.

Ayer el PP, Hoy el Bloc..

Estamos en las mismas.

Nuevas infracciones...

Nuevas ilegalidades...

Nuevos abusos...

Espacio transformado para eventos hipicos el 24.10.2012

 

Ahí lo tenemos otra vez...Volvemos a lo mismo

Si mal ya lo llevamos con la alcaldesa de Oliva Consuelo Escrivá (PP), tachada por la oposición por haber alimentado el odio entre las personas de Oliva, haber dado alas a la gente violenta, a los insultos, a las descalificaciones y proferido amenazas a las asociaciones que solicitaban acceso a la información, ¿que se puede esperar del nuevo cargo de Alcalde David González (del Bloc), que, a sabiendas de las infracciones y las ilegalidades, permite un nuevo evento hípico en la Pleva, un espacio que requiere autorizaciones y permisos de los que no se dispone por considerarse en su mayoría como Suelo No Urbanizable (SNU), en zona protegida, y dentro del área de afección del Parque Natural de Pego Oliva, y para mas colmo, sin disponer de la obligada Declaración de Interés Comunitario (DIC) que se exige previo a la transformación u ocupación de SNU, cuya consecuencia legal ya se derime en los tribunales.

Una afección a espacio protegido por encontrarse dentro del área de influencia de zona húmeda catalogada por la Generalitat Valenciana, considerada, además, área de distribución del samaruc, un especie prioritaria por la Comunidad Europea, sin considerar la gravedad de haber destruido una construcción rústica e tramitación como Bien de Relevancia Local, todo ello para aumentar el espacio donde se realizan los concursos de hípica.

Esa misma oposición, ahora en la Alcaldía de Oliva, debe resolver las ilegalidades por vulneración de las normas establecidas que con tanta facilidad y una prepotencia sin límites ejercía su antecesora Consuelo Escrivá (ahora en la oposición) al menos, tener la decencia política de la honradez en los actos que se resuelven en la Alcaldía

El Alcalde conoce perfectamente la ilegalidad de la hípica.

 

Pero los tirones de oreja hay que dárselos, además a:

Maritina HERNÁNDEZ MIÑANA, consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por no ajustarse a la legalidad vigente en la concesión de autorizaciones para el evento hípico, y a su Director General de Producción Agraria, Manuel LAÍNEZ ANDRÉS, por la obstrucción a los accesos a expedientes relacionados con la hípica de Oliva.

A la consellera de Medio Ambiente Isabel BONIG TRIGUEROS, por la nefasta actuación en defensa de este espacio protegido, al ralentizar su intervención ante las denuncias que se le presentan, cuya consecuencia ha derivado en una transformación de zona de marjal en superficie asfáltica que lleva impermeabilizando la zona húmeda desde hace un año.

Y como no, a nuestro Presidente de la Generalitat Valenciana Alberto FABRA PART, y a Jesús MARÍ FARINÓS, responsable de la Subsecretaría de la Consellería de Presidencia, que se abstienen de intervenir en iniciar las investigaciones pertinenes por las que un colectivo de funcionarios de las consellerías de Agricultura y Medio Ambiente, no han realizado correctamente sus funciones a la vista de las denuncias que se les presentan, siendo además, conocedores de muchas de ellas, así pues:

 

TANTO MONTA, MONTA TANTO, unos, al igual que otros.

 

El 24 de Octubre vemos nuevas actividades destinadas a la realización de concursos hípicos.

Las nuevas obras en las instalaciones para los concursos hípicos requieren de permisos municipales.

Esta asociación ha solicitado acceso a comunicación sobre nuevas licencias o ampliaciones de las anteriores y no se han facilitado.

Esta asociación, a pesar de estar personada en todo el expediente relacionado con la zona afectada por la hípica, no se le ha remitido la información pertinente solicitada con anterioridad, ni se le ha facilitado copia de la ampliación de licencia, o permisos que permiten nuevas actividades en Suelo No Urbanizable de la Pleva para la realización de concursos hípicos.

La presencia de équidos en las instalaciones el 24 de octubre, requieren de autorizaciones de la Consellería de Agricultura Pesca, Alimentación y Agua.

 

Actividades para el MET OTOÑO 2012,  CSI 2* - CSI YH* 26 a 28 0ctubre y 31 Octubre a 4 Noviembre. Foto CAE Actividades para el MET OTOÑO 2012,  CSI 2* - CSI YH* 26 a 28 0ctubre y 31 Octubre a 4 Noviembre. Foto CAE
Nuevas actividades urbanísticas y presencia de caballos el 24.10.2012.

 

Actividades para el MET OTOÑO 2012,  CSI 2* - CSI YH* 26 a 28 0ctubre y 31 Octubre a 4 Noviembre. Foto CAE Actividades para el MET OTOÑO 2012,  CSI 2* - CSI YH* 26 a 28 0ctubre y 31 Octubre a 4 Noviembre. Foto CAE
El tendido eléctrico sobre las instalaciones, el árbol de características singulares como adorno decorativo y la transformación del espacio requiere de permisos y autorizaciones de las administraciones competentes de los que no se dispone. No hay constancia de que se haya concedido la Declaración de Interés Comunitario para la ocupación del espacio. Imágenes realizadas el 24-10-2012

 

Actividades para el MET OTOÑO 2012,  CSI 2* - CSI YH* 26 a 28 0ctubre y 31 Octubre a 4 Noviembre. Foto CAE Actividades para el MET OTOÑO 2012,  CSI 2* - CSI YH* 26 a 28 0ctubre y 31 Octubre a 4 Noviembre. Foto CAE
La premura en el tiempo obliga a falsear la realidad física aportando la cubierta vegetal de forma artificial. Imágenes realizadas el 24-10-2012

 

Actividades para el MET OTOÑO 2012,  CSI 2* - CSI YH* 26 a 28 0ctubre y 31 Octubre a 4 Noviembre. Foto CAE Actividades para el MET OTOÑO 2012,  CSI 2* - CSI YH* 26 a 28 0ctubre y 31 Octubre a 4 Noviembre. Foto CAE
Árboles que se pueden considerar singulares son utilizados como adornos decorativos. Una cuestión comunicada al organismo competente sin que por el momento haya resuelto las denuncias formuladas. Imágenes realizadas el 24-10-2012

En las actuales circunstancias, las instalaciones para los concursos hípicos en la partida de la Pleva, en Oliva, deben considerarse totalmente ilegales, en tanto no se respete la normativa protectora de un espacio considerado área de influencia de zona húmeda protegida y carecer de la pertinente Declaración de Interés Comunitario por ser Suelo No Urbanizable.

 

Y AHORA...

Nuevo Alcalde en Oliva (Desde Julio de 2012)

Tanto Monta...Monta Tanto: BLOC-Compromís de Oliva

Si mal lo hizo Mª Consuelo Escrivá Herráiz como alcaldesa de Oliva que le costó el cargo, peor lo lleva el oportunista que accedió a la Alcaldía con intenciones urbanísticas parecidas, al conceder licencias totalmente ilegales.

El máximo representante del gobierno local: David González (BLOC) en una foto institucional

 

Un impacto de 10 millones de euros...

Para Quien???

OTRA FORMA DE CORROMPERSE UN AYUNTAMIENTO CUANDO CONCEDE LICENCIA DE OBRAS BASADA EN LA ILEGALIDAD, CUANDO NO SE DISPONE DE LAS AUTORIZACIONES PRECEPTIVAS QUE DEBE OTORGAR EL ÓRGANO COMPETENTE DE LA GENERALITAT EN CUESTIONES URBANÍSTICAS Y MEDIOAMBIENTALES.

 

¿Corrupción en el gobierno local de Oliva?

¿Se acabó el paro en esa población?

Los promotores de esta hípica que promociona el Alcalde en Suelo No Urbanizable y sobre espacio protegido prometen:

 

500 puestos de trabajo... y además, otros 300

 

¡¡800 personas cotizando... 800!!

 

Así que, gracias a la corrupción de unos políticos, en la zona de Oliva, según los organizadores, queda resuelto el problema del paro.

 

¡Viva, y Viva...!

¡¡Oliva está salvada...!!

 

Ahí los tenemos en su nueva promoción:

Imagen publicitaria de los promotores

 

La Organización del MET 2013 MIENTE

Mienten  con la creación de 800 puestos de trabajo (Totalmente falso).

Mienten  en la obtención de las autorizaciones y permisos (Carecen de permisos del órgano competente en medio ambiente).

Mienten  en los documentos al asegurar que se cumple con la normativa vigente (En SNU y protegido requieren DIC y EIA que no disponen).

Mienten  cuando arrasaron una vivienda en trámites de protección por la Consellería de Cultura como Bien de Relevancia Local indicando que "se le fue la mano al operario" (En el proyecto ya se incluía la eliminación de la vivienda. Esta actuación ha provocado el inicio de Diligencias Penales por la Fiscalía)

Mienten  en los documentos manipulados que presentaron para obtener la licencia (Informes manipulados por técnicos del Ayuntamiento que no se ajustan a la normativa vigente).

Mienten  amparados por las autoridades locales y autónomas (Con total connivencia cuando desde el Ayuntamiento se elaboran informes a conveniencia de los promotores).

Mienten  cuando indican en los informes que los 300 boxes son desmontables (Resultan construcciones fijas sobre base de hormigón).

Mienten  cuado indican buenas prácticas con las aguas residuales (Realizan vertidos de aguas residuales a suelo).

Mienten  cuando señalan 63.000 pernoctaciones durante la competición (Tal afluencia sería destacada pero la escasez de público es evidente).

Mienten  cuando indican la afluencia de 5.000 personas al dia (Las imágenes valen mas que mil palabras, unas pocas personas-acompañantes de los concursantes se les ve dispersos).

Mienten  a los concursantes promocionándoles la playa sin disponer de las autorizaciones de Costas para invadir el Dominio Público Marítimo Terrestre (Subdelegación del Gobierno nos comunica que no ha dado autorización para el uso del DPMT).

Mienten  al decir que respetan la provisionalidad de las instalaciones (Han arrasado la vegetación, depositado tierras foráneas y elevado la cota sobre el nivel freático, lo que hace difícil aceptar sus requerimientos de provisionalidad de las obras)

Mienten  ante los medios de información al facilitarles cifras erróneas (A los medios de comunicación nos remitimos).

 

(VÉANSE IMÁGENES CAPTURADAS DE RTVV EN SU EMISIÓN DEL VIERNES 15 DE FEBRERO DE 2013 DANDO COBERTURA A LOS CONCURSOS HÍPICOS DONDE SE PUEDE DETERMINAR LAS FALSEDADES DE LOS ORGANIZADORES AL OBSERVARSE EN PLENA COMPETICIÓN LA CARENCIA DE PÚBLICO Y EMPLEADOS, LOS BOXES FIJOS INSTALADOS -VULNERANDO LA NORMATIVA SOBRE INSTALACIONES PROVISIONALES-, O EL ESPACIO UTILIZADO PARA DUCHAS DE LOS ANIMALES SIN LOS CONDICIONANTES QUE SE EXIGEN PARA SUS AGUAS RESIDUALES YA QUE SON CANALIZADAS A SUELO).

IMÁGENES CORRESPONDIENTES A RTVV EN LA EMISIÓN DEL VIERNES 15 DE FEBRERO DE 2013

Por todas estas irregularidades y más, esta asociación ha presentado denuncias ante estamentos judiciales.

 

15 de Febrero de 2013

Como consecuencia de la denuncia interpuesta por esta asociación:

La Fiscalía Provincial de Valencia inicia Diligencias de Investigación Penal Nº. 50/2013 contra el Director Territorial y la Jefa de la Sección Jurídica del Servicio Territorial de Urbanismo de Valencia por un presunto delito previsto y penado en el artículo 542 del Código Penal

Y ahora...

El colmo de las irregularidades:

Un informe de proyecto para licencia de obras y actividad plagado de incongruencias que sin pretenderlo, o por la torpeza de sus redactores, muestra muchas de las irregularidades que se constatan después de lectura, al no haberse aprobado antes de la ejecución de las obras, ya realizadas, lo que evidencia una clara connivencia entre administraciones, al permitirse que las obras se hayan ejecutado casi en su totalidad, en base a una licencia "provisional" totalmente irregular, sin haberse aprobado, como requisito imprescindible, una Declaración de Interés Comunitario.

Lamentable para los promotores hayan contratado a un técnico, redactor del proyecto, que sin pretenderlo, acaba de mostrar las irregularidades e ilegalidades que se han llevado a cabo en las obras de la MET sobre Suelo No Urbanizable.

No podemos confirmar si alguno de los títulos de ingeniero que se precisan para este tipo de proyectos puedan conseguirse en una tómbola, pero lo que sí demuestra el informe para este proyecto de licencia de obras y actividad, es que los propios redactores son conocedores de las ilegalidades llevadas a cabo en los terrenos que ocupan el centro hípico y que pretenden minimizar, sacando ahora a petición de los promotores de la hípica, este informe para que las autoridades lo aprueben, pero hay que considerar la cantidad de requisitos que se precisan subsanar, según el mismo, y que tuvieron lugar con anterioridad a su aprobación. Las autoridades lo deben tener claro a la vista de lo que nos enseña este informe: LAS OBRAS DE LA MET 2012 Y 2013, DEBEN CONSIDERARSE TOTALMENTE ILEGALES AL NO DISPONER DE LAS APROBACIONES PERTINENTES, como mínimo una DIC aprobada, que tampoco la hay.

Ahora solo cabe que las autoridades inicien el correspondiente expediente que lleve a esclarecer todas y cada una de las irregularidades que se deducen sobre la lectura del informe de licencia del ingeniero agrónomo que lo firma.

Proyecto para licencia de obras y actividad de

Centro hípico en la Finca del Plevà en Oliva

(Valencia) “MET Febrero 2013

Versión en pdf 414 kb (63Mb)

Titular: CENTRO ECUESTRE OLIVA NOVA,  S.L.R.

Técnico redactor: Rafael Poquet Vitoria - Ingeniero agrónomo

 

4 de Marzo de 2014

UNA FALTA DE SENSIBILIDAD EN EL ORGANISMO GARANTE DE LOS VALORES NATURALES

UN ALARDE DE PREPOTENCIA POR PARTE DE LA CONSELLERA DE MEDIO AMBIENTE

La Consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Comunidad Valenciana, Isabel BONIG, pretende dar cobertura legal a una actividad hípica con expedientes tramitándose en los tribunales por no ajustarse a la normativa vigente en materia urbanística y medioambiental.

En el Expte. CTU-DIC 2012/0099/ps de la Dirección General de de Evaluación Ambiental y Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, la Sra. Bonig, consellera de medio ambiente en la Comunidad Valenciana, con total desfachatez, resuelve Declarar de Interés Comunitario la instalación promovida por Centro Ecuestre Oliva Nova S.L. en suelo no urbanizable del término municipal de Oliva y protegido por el Catálogo de Zonas Húmedas, vulnerando distintas normas estatales y otras establecidas por su propio organismo.

DIC Centro Ecuestre Oliva Nova S.L. Versión en pdf 414 kb

 

Mayo de 2014

A los tribunales de Valencia...

 La Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana que dirige Isabel Bonig Trigueros, A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Esta asociación demanda ante los tribunales al Gobierno Valenciano por adoptar un acuerdo que resulta contrario a las normas de aplicación en la Resolución de fecha 04.03.2014, correspondiente al expediente 2012/0099, al Declarar de Interés Comunitario un Centro Ecuestre en Suelo No Urbanizable del término municipal de Oliva.

 

MAS DATOS:

PERÍMETRO DEL PLAN PARCIAL (PLANOS QUE INDICAN LA ZONA NO URBANIZABLE AFECTADA)
CRONOLOGÍA DEL EVENTO ECUESTRE MET 2012 EN ESPACIO PROTEGIDO

 

 

ULTIMA ACTUALIZACIÓN: 20 de Mayo de 2014

 

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